Dirección General Contra la Violencia de Género - DGCVG

Descripción

La Dirección General Contra la Violencia de Género depende del Despacho Viceministerial de la Mujer, y es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar, articular, supervisar, efectuar seguimiento y evaluar las políticas nacionales, estrategias, planes, programas, proyectos y servicios para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género en sus diferentes manifestaciones (violencia física, psicológica, sexual o económica) que se produce en las relaciones interpersonales, dentro de la familia, en la comunidad y/o por los agentes del Estado, en el marco del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.

(Texto según el artículo 40 de la Sección Primera del ROF del MIMP, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2023-MIMP).

Funciones de la Dirección General Contra la Violencia de Género

Son funciones de la Dirección General Contra la Violencia de Género las siguientes:

  1. Supervisar el cumplimiento de las políticas nacionales en relación con la prevención, atención y erradicación de la violencia de género a nivel nacional en el marco del proceso de descentralización y en el ámbito de su competencia;
  2. Proponer, aprobar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar, según corresponda, las políticas nacionales, programas nacionales y presupuestales, proyectos y servicios para la prevención, protección, atención y recuperación de víctimas de violencia basada en género, en el marco del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar;
  3. Proponer o aprobar, según corresponda, proyectos normativos, disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras, y otros instrumentos para la implementación de políticas nacionales, planes, programas, proyectos y servicios para la prevención, protección, atención y recuperación de víctimas de violencia de género; la asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades;
  4. Promover estudios, investigaciones y sistematizaciones en materia de violencia contra las mujeres en su diversidad e integrantes del grupo familiar, y violencia de género;
  5. Emitir opinión técnica y absolver consultas en el ámbito de su competencia;
  6. Supervisar los servicios públicos y privados orientados a la prevención, protección, atención y recuperación de víctimas de violencia de género;
  7. Identificar líneas de intervención relacionadas con el ámbito de su competencia susceptibles de ser financiadas con la cooperación internacional, estableciendo las coordinaciones institucionales que fueran del caso para que ésta se efectivice;
  8. Coordinar el cumplimiento de sus funciones con otras direcciones generales del MIMP, programas nacionales y demás instituciones del Sector en lo que corresponda;
  9. Conducir el seguimiento y evaluación al funcionamiento y cumplimiento de objetivos del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar, en el marco de sus competencias;
  10. Ejercer la función de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN) y del Grupo de Trabajo Nacional (GTN) del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; así como la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, según la normativa vigente;
  11. Proponer, aprobar, conducir y evaluar, según corresponda, normas técnicas complementarias e instrumentos de gestión para el funcionamiento del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar, con especial énfasis en las Instancias Regionales, Provinciales y Distritales de Concertación de acuerdo con la normativa vigente;
  12. Promover la intervención articulada y multidisciplinaria, a través de un sistema integral continuo de especialización y perfeccionamiento para el funcionariado público en el rol que les compete en la lucha integral frente a la violencia de género;
  13. Proponer o aprobar, según corresponda, instrumentos de planificación y gestión para la implementación y el funcionamiento del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar;
  14. Coordinar y articular con entidades del sector público y privado para coadyuvar a la implementación de las políticas nacionales, planes, programas, proyectos y servicios, en el marco del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar;
  15. Promover la participación de la sociedad civil en la implementación de planes, programas y proyectos, para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género con pertinencia cultural y lingüística;
  16. Hacer seguimiento al funcionamiento del Centro de Altos Estudios contra la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y al Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar;
  17. Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Viceministerial de la Mujer o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.

(Texto según el artículo 41 de la Sección Primera del ROF del MIMP, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2023-MIMP).

Unidades orgánicas de la Dirección General Contra la Violencia de Género

Son unidades orgánicas de la Dirección General Contra la Violencia de Género las siguientes:

  • Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia
  • Dirección de Asistencia Técnica y Promoción de Servicios

(Texto según el artículo 95 de la Sección Segunda del ROF del MIMP, aprobado por la Resolución Ministerial N° 342-2023-MIMP).