Seguro de Salud Agrario (EsSalud)

Afiliación Dependiente

Se ha establecido aportaciones con tasas progresivas según lo dispuesto en el inciso c) y e) del art. 9 de la Ley N° 31110.

Se ha establecido una tasa reducida por cada empleador, según lo señalado en el inciso c) y e) del artículo 9 de la Ley N° 31110, que establecen tasas de aporte menores al 9%.

El aporte al ESSALUD para los trabajadores agrarios, a cargo del empleador será equivalente a una tasa que estará definida en función al Nivel de Ventas y Número de trabajadores del año fiscal anterior.

Ver Cuadro de Agrarios Dependientes

A partir de 01/2028 a todos los empleadores agrarios les aplicará una tasa de 9%.