Presidencia Ejecutiva
La Presidencia Ejecutiva es el órgano de Alta Dirección que actúa como máxima autoridad de la entidad, responsable de supervisar la correcta marcha institucional. Está a cargo del/de la Presidente/a Ejecutivo/a, quien es el titular del pliego y ejerce la representación institucional.
Funciones de la Presidencia Ejecutiva
Son funciones de la Presidencia Ejecutiva, las siguientes:
- Representar al INS ante los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales.
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo.
- Designar, suspender y cesar a los titulares de las unidades orgánicas y desconcentradas de la institución.
- Velar por el adecuado manejo de los recursos. e) Promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa eficiente.
- Aprobar el plan de gestión institucional y las políticas de administración, personal, finanzas y relaciones institucionales.
- Emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia.
- Suscribir convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que permitan el cumplimiento de sus fines y facultades, dentro del marco de sus competencias.
- Presentar al Consejo Directivo los proyectos de Reglamento en materia de competencia del INS.
- Proponer al Ministerio de Salud el Reglamento de Organización y Funciones, el Texto Único de Procedimientos Administrativos y demás instrumentos de gestión.
- Proponer al Consejo Directivo la memoria anual de la gestión de la entidad.
- Aprobar el proyecto de presupuesto y el Plan Estratégico Institucional con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia.
- Aceptar legados, donaciones y otras liberalidades que se hagan en favor de la institución.
- Informar y coordinar de manera permanente con el Ministerio de Salud y sus órganos, la situación derivada de la vigilancia epidemiológica en salud pública y la inteligencia sanitaria.
- Proponer la respuesta inmediata, articulada y oportuna ante una situación de brote, epidemia o pandemia e informar y coordinar con el Ministerio de Salud y sus órganos.
- Monitorear la organización, dirección y ejecución de las medidas de respuesta efectivas e inmediatas de carácter temporal, en situación de emergencia sanitaria coordinando con los gobiernos regionales y locales y los órganos competentes del Ministerio de Salud.
- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, el Plan Operativo Institucional u otros en el ámbito de su competencia.
- Aprobar los proyectos de cooperación internacional reembolsable y no reembolsable, e informar en el Consejo Directivo, en el marco de la normatividad vigente y en coordinación con el órgano competente del Ministerio de Salud.
- Suscribir contratos con personas naturales o jurídicas nacionales o internacionales, dentro del marco normativo vigente.
- Autorizar los viajes de los funcionarios y personal del INS por razones de servicios, de conformidad a la normatividad de la materia; salvo las situaciones de emergencia y con acuerdo del Consejo Directivo en los viajes internacionales no programados.
- Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo y determinar los asuntos a ser incorporados en la Agenda, así como supervisar a través de la Gerencia General, el cumplimiento de sus acuerdos.
- Conducir la implementación del Sistema de Control Interno de acuerdo a lo estipulado en la normativa sobre la materia, estando facultado para emitir las normas específicas.
- Delegar las funciones no privativas de la presidencia ejecutiva cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los límites legales.
- Ejercer las demás funciones y atribuciones que se le asigne por normativa expresa.