Abrir cuenta corriente para sociedades de beneficencia

Descripción

Es una cuenta corriente única, dirigida a las sociedades de beneficencia, que permite disponer los fondos mediante el giro de cheques. Acepta depósitos en efectivo, cheques del mismo banco, otros bancos y transferencias. No genera intereses.

Beneficios

  • Disponibilidad inmediata al recibir directamente los fondos de cualquier tipo (ventanilla, cheques, cartas órdenes, transferencias interbancarias)
  • Amplia cobertura nacional para el cobro de tus cheques girados (zonas donde no existen otros bancos).
  • Consultas de saldos y movimientos gratuitos por el canal de Internet.
  • Solidez y respaldo ofrecido por el Banco de la Nación.

Requisitos

Para sociedades inscritas en Registros Públicos:

  • Carta u oficio solicitando la apertura de la cuenta indicando el número de RUC, nombres, apellidos y documento de identidad de los responsables del manejo de la cuenta.
  • Presentar documento nacional de identidad (DNI) de ser peruano.
  • Certificado de vigencia del representante en original o impresa si es con firma digital, emitida por la Sunarp con no más de 10 días calendarios para los inscritos en Lima y 15 días calendarios para los inscritos en provincias.
  • Copia legalizada notarialmente de los siguientes documentos:
    • Testimonio o acta de Directorio, en caso no figuren las facultades bancarias en el Certificado de vigencia.
    • Resolución de Alcaldía o de autoridad competente, del nombramiento del presidente de la Sociedad de Beneficencia.
    • Resolución de Presidencia o acta de acuerdo de Directorio donde se nombran a los responsables para el manejo de la cuenta corriente.
    • Carnet de extranjería o pasaporte vigente para el caso de ciudadanos extranjeros.
  • Registro de firmas de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta corriente.

Para sociedades no inscritas en Registros Públicos:

  • Carta u oficio solicitando la apertura de la cuenta indicando el número de RUC, nombres, apellidos y documento de identidad de los responsables del manejo de la cuenta.
  • Presentar documento nacional de identidad (DNI) de ser peruano.
  • Copia legalizada notarialmente de los siguientes documentos:
    • Resolución de Alcaldía o de autoridad competente, del nombramiento del presidente de la Sociedad de Beneficencia.
    • Resolución de Presidencia o acta de acuerdo de Directorio donde se nombran a los responsables para el manejo de la cuenta corriente.
    • Resolución de Alcaldía Provincial que designa a los miembros del Directorio, en representación de dicho municipio.
    • Resolución del Gobierno Regional correspondiente o publicación en El Peruano que designa al miembro del Directorio en representación del Gobierno Regional.
    • Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, o publicación en El Peruano, que designa a los miembros del Directorio en representación de dicho Ministerio.
    • Carnet de extranjería o pasaporte vigente para el caso de ciudadanos extranjeros.
  • Registro de firmas de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta corriente.

Para el cierre de cuenta corriente, presenta una carta dirigida al Banco de la Nación, solicitando la cancelación de la cuenta corriente (debiendo contar con saldo cero), firmada por los responsables para el manejo de la cuenta corriente.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Remite los documentos

Si la entidad se encuentra en Lima, deberá remitir la solicitud de apertura de cuenta corriente desde su correo institucional al correo: aperturadecuentas@bn.com.pe. Si está ubicada en provincias, presenta los requisitos en una agencia del BN a nivel nacional.

2. Personal del BN realiza consulta

El personal del banco revisará la documentación presentada.

3. Recibe la confirmación

El personal del banco te comunicará el número de la cuenta corriente solicitada o el cierre de la misma, de acuerdo a tu solicitud.

Para realizar consultas adicionales, puedes llamar a la Sección Apertura de Cuentas, a través de la Central Telefónica 519 2000, anexos 97521, 97532, 97539 o 97547.

Los teléfonos de las agencias pueden ser requeridos llamando a la línea gratuita: 0800 10700.