Contraer matrimonio civil

Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.

El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.

Requisitos

  • Solicitud simple de matrimonio, dirigida al alcalde.
  • Exhibir los DNI de ambos contrayentes y de 2 testigos, que no sean familiares y que no coincidan en apellidos con los contrayentes. Además, agrega una de copia simple de los DNI de las 4 personas.
  • Copia certificada de las partidas de nacimiento de ambos contrayentes o dispensa judicial. La obtención de la copia certificada de la partida de nacimiento se solicita ante Reniec. Si es natural de provincia, la partida de nacimiento se solicita ante la municipalidad correspondiente y luego se lleva a Reniec para su certificación respectiva.
  • Declaración jurada de los testigos de conocer por lo menos tres años antes a los contrayentes.
  • Copia simple del certificado médico de los contrayentes, acompañado de la declaración jurada acerca de su autenticidad. Incluye informe medico de rayos X, certificado serológico sobre VDRL y la constancia de consejería preventiva de VIH/sida.

Si eres divorciado(a) y quieres volver a casarte, agrega:

  • Partida de matrimonio anterior con la anotación al margen del divorcio, expedida por Reniec, sentencia de divorcio o resolución municipal de la disolución del vinculo junto a declaración jurada sobre su autenticidad. Si la partida de matrimonio con la disolución del vínculo es de provincia, se solicita ante la municipalidad correspondiente y luego se lleva a Reniec para su certificación respectiva.
  • Declaración jurada simple de tener o no hijos bajo tu patria potestad y si administras o no sus bienes. En caso de tener hijos, presenta el inventario judicial de los bienes que les pertenezcan y estés administrando.
  • Certificado médico negativo de embarazo de la contrayente, si aún no han transcurrido 300 días desde el divorcio.

Si eres viudo(a) y quieres volver a casarte, agrega:

  • Partida de defunción del cónyuge fallecido y copia simple de la partida de matrimonio.
  • Declaración jurada simple de tener o no hijos bajo tu patria potestad y si administras o no sus bienes o inventario judicial.
  • Certificado médico negativo de embarazo de la contrayente, si tienes menos de 300 días de viudez.

Si eres extranjero, agrega:

  • Partida de nacimiento o certificado de naturalización, según corresponda apostillado según convenio de la Haya. En caso el documento emitido en el exterior sea visado por el cónsul peruano en el país de origen, deberá ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. La traducción puede ser simple y realizada por traductor debidamente identificado, de ser el caso.
  • Exhibir el pasaporte o carnet de extranjería (indicando estado civil actual) y copia autenticada por fedatario municipal.
  • Certificado consular o estatal de soltería o viudez, emitido por el país de origen, apostillado según convenido de la Haya. En caso el documento emitido en el exterior sea visado por el Cónsul peruano en el país de origen, deberá ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. La traducción puede ser simple y realizada por traductor debidamente identificado, de ser el caso.
  • Si estás divorciado (a), presenta la partida de matrimonio anterior con la disolución o sentencia del divorcio, apostillado según convenio de la Haya. En caso el documento emitido en el exterior sea visado por el Cónsul peruano en el país de origen, deberá ser legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. La traducción puede ser simple y realizada por traductor debidamente identificado, de ser el caso.

Si tu pareja se encuentra en el extranjero y no puede estar presente durante la ceremonia:

  • Presenta un poder especial otorgado a una tercera persona que la representará el día de la boda. Este poder se otorga mediante escritura pública inscrita en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Si el poder fue otorgado en el extranjero debe estar visado por el Cónsul Peruano del país donde lo dio el poderdante, debiendo legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y con traducción oficial de ser el caso.
  • Declaración jurada donde indique el número del DNI del apoderado.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 6 pasos:

1. Manifiesta tu deseo de casarte

Acércate a la Oficina de Registro Civil de la municipalidad, ubicada en Av. Joaquín de la Madrid 200, dde lunes a jueves de 9:00 a. m. a 1:45 p. m. o de 3:00 p. m. a 4:00 p. m., y manifiesta tu deseo de casarte al funcionario. Presenta tus documentos para que los revisen y, si todo está en orden, recibe tu orden de pago. El trámite de expediente matrimonial durará entre 30 y 40 minutos.

2. Realiza el pago

Dirígete a caja, ubicada en el mismo edificio, y realiza el pago de S/ 177.30 por el derecho a trámite de expediente matrimonial.
Además, ten en cuenta la siguiente escala según el lugar y hora de tu celebración:

  • Celebración de lunes a viernes:
    • En el local municipal, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 350.00
    • En la pérgola del Parque de la Felicidad, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 700.00
    • Fuera del local municipal, en el distrito, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 600.00
    • Fuera del distrito, aledaño a San Borja, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 1,100.00
  • Celebración los sábados:
    • En el local municipal, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m.: S/ 500.00
    • En el local municipal, de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 600.00
    • Fuera del local municipal, en el distrito, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 900.00
    • Fuera del distrito, aledaño a San Borja, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m. o de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 1,100.00
    • En la pérgola del Parque de la Felicidad, de 10:00 a. m. a 1:00 p. m.: S/ 900.00
    • En la pérgola del Parque de la Felicidad, de 4:00 p. m. a 5:00 p. m.: S/ 1,000.00

Guarda tu comprobante de pago.

3. Presenta tus documentos

Luego de pagar, acércate a la mesa de partes, junto con tus testigos, y entrega los documentos indicados en requisitos. Indícale al funcionario la fecha y lugar de la ceremonia. Recibirás tu edicto matrimonial.

4. Publica el edicto matrimonial

Al recibir tu edicto matrimonial, deberás publicarlo en un periódico de tu preferencia. Si uno de los novios no reside en San Borja, también deberá publicarlo en la municipalidad correspondiente durante 8 días hábiles.

Luego, anexa los edictos publicados en el expediente, donde se visualice, el edicto, la fecha de publicación en el periódico y la firma del funcionario cuando corresponde la publicación en otra municipalidad, para verificar el cumplimiento de plazo.

Si después de los 8 días hábiles de la publicación de los avisos no hay oposición o noticia de ningún impedimento, se declarará la capacidad de la pareja para casarse y podrán contraer matrimonio.

5. Asiste a la ceremonia

Acude al lugar el día y hora acordados, donde un funcionario dirigirá el matrimonio. Los contrayentes y los testigos de ceremonia deben llevar su DNI físico a la ceremonia.

6. Recoge tu acta de matrimonio

Una vez celebrado el matrimonio, la municipalidad registrará el acta de celebración ante el Reniec para que generen la partida de matrimonio.

En 15 días hábiles, puedes solicitar tu partida en Reniec.