Sistema de Control Interno

Responsables y funciones en implementación del SCI

Titular de la entidad

Es la máxima autoridad jerárquica institucional, responsable de la implementación del SCI en la entidad y tiene las siguientes funciones:

  • Participar en la priorización de los productos que serán incluidos en el SCI, y aprobar los mismos.
  • Revisar y aprobar los documentos que le remitan en aplicación de la presente directiva.
  • Solicitar a la Contraloría, los accesos al aplicativo informático del SCI.
  • Ejecutar las acciones que aseguren el registro, en el aplicativo informático del SCI, de la información y los documentos establecidos en la presente directiva.
  • Utilizar la información del SCI para la toma de decisiones.
  • Establecer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la directiva N° 006-2019-CG/INTEG.

Órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control Interno

Gerencia Municipal o la que haga sus veces, es quien coordina la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del Sistema de Control Interno y tiene las siguientes funciones:

  • Dirigir y supervisar la implementación del SCI.
  • Coordinar con otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del SCI las acciones de planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del SCI, establecidas en la presente directiva.
  • Registrar en el aplicativo informático del SCI, la información y documentos establecidos en la presente directiva y remitirlos al titular de la entidad.
  • Capacitar a las demás unidades orgánicas, en materia de control interno.

Otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del Sistema de Control Interno

Son aquellos que por competencias y funciones participan en la implementación del SCI, como responsables del diseño o ejecución de los productos priorizados o áreas de soporte relevantes (planificación, presupuesto, logística, contrataciones, recursos humanos, comunicaciones, integridad pública, entre otros). Tienen las siguientes funciones:

  • Coordinar, con el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI, la ejecución de las acciones necesarias para la implementación del SCI.
  • Proporcionar la información y documentos requeridos por el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI, necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente directiva.
  • Disponer que los funcionarios o servidores públicos, con mayor conocimiento y experiencia sobre la operatividad de los productos priorizados o áreas de soporte, participen en las acciones necesarias para dar cumplimiento de lo dispuesto en la directiva N° 006-2019-CG/INTEG.