Modelo de Integridad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Comprende un conjunto de estándares que permiten contar con una gestión mínima de la promoción de la integridad y lucha contra la corrupción en las entidades públicas.
Tiene 9 componentes y 36 subcomponentes, con propuestas de acciones para cada uno de ellos. Estos tienen la finalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción:
1. Compromiso de la Alta Dirección
Las estrategias de integridad y lucha contra la corrupción deben partir de la manifiesta y real voluntad política de parte de la más alta autoridad de la entidad. El/la titular de la institución debe tener claro no sólo la importancia de implementar una estrategia de integridad y lucha contra la corrupción, sino, sobre todo, la necesidad de su priorización y empoderamiento a los/las funcionarios/as e instancia que desarrolla dicha función.
Resultados del índice de Capacidad Preventiva - ICP
En ese sentido, debe enfatizar la necesidad de concebir el Modelo de Integridad bajo un enfoque preventivo afianzándose a un avance progresivo; de este modo, precisar que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) viene evaluando la implementación del Modelo de Integridad desde el año 2021 a través del índice de Capacidad Preventiva – ICP, resultados que se muestran en los siguientes links:
- Resultados el ICP de los años 2021 y 2022.
- Resultados de medio término del ICP del 2023.
- Resultados anuales del ICP del 2023.
Conformación de la Red de Integridad del MIMP
De otro lado, de acuerdo al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, la Secretaría General, tiene entre sus funciones, la de supervisar las acciones vinculadas a integridad y lucha contra la corrupción, así como coordinar con los órganos del MIMP, programas nacionales y organismos públicos adscritos, los asuntos en materia de su competencia, dentro del marco de la normativa vigente; asimismo, la Secretaría de Integridad Pública de la PCM en su calidad de órgano rector de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción, informa el diseño del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, a razón de ello el MIMP conforma la Red de Integridad del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables mediante Resolución Ministerial N° 156-2022-MIMP, siendo integrada por los Oficiales de Integridad del MIMP, Programas INABIF y AURORA; y CONADIS.
2. Gestión de Riesgo
La gestión de riesgos permite identificar los procesos más vulnerables a los delitos contra la administración pública, así como otras prácticas cuestionables contrarias a la ética. A partir de ello, se plantean acciones de control para su mitigación.
La Política Antisoborno del MIMP
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a través de la Resolución Ministerial N° 279-2023-MIMP aprueba la Política Antisoborno del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del cual se compromete a combatir el soborno mediante el establecimiento de principios que guíen el comportamiento de todos/as los/as servidores/as del MIMP y de las personas naturales y jurídicas con las que vincula de acuerdo con la legislación vigente, destinando los recursos y el apoyo operativo que se estime necesarios
Este compromiso obedece a la necesidad de implementar el Sistema de Gestión Antisoborno basado en los requisitos de la NTP – ISO 37001; con el objetivo de prevenir, detectar, tratar el soborno, así como cumplir con las leyes contra el soborno y los compromisos adquiridos en esta materia. En ese sentido, la Política tiene por objetivo establecer el marco general para la implementación del Sistema de Gestión Antisoborno de la NTP-ISO 38001: 2017 en el MIMP.
Entre los compromisos asumidos, se detallan los siguientes:
- Prohibir estrictamente la práctica, promoción o tolerancia de actos de corrupción y soborno, directa o indirectamente, en beneficio propio o de cualquier otra parte.
- Luchar contra el soborno en todas sus formas y desarrollar estrategias y acciones concretas referentes a este tema.
- Cumplir con los requisitos y la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno.
- Disponer de todos los recursos necesarios, de forma proporcionada, para llevar a cabo las acciones, medidas y controles planificados a través de mecanismos adecuados y oportunos para prevenir, detectar e investigar los casos de soborno.
- Disponer de mecanismos para la gestión de denuncias y su tratamiento a fin que permita reportar intentos, sospechas o comisión de un acto de soborno o cualquier incumplimiento a Sistema de Gestión Antisoborno, garantizando la confidencialidad de las denuncias y comunicaciones recibidas, así como la protección de cualquier tipo de amenaza o coacción a las personas que participen mediante comunicación y denuncia.
- Prohibir la obtención de ventajas indebidas, teniendo una tolerancia cero hacia la aceptación de regalos, obsequios, cortesías y otros beneficios.
- Aplicar lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, sin perjuicio de las consecuencias legales que pudieran recaer sobre los/as servidores/as por actos, hechos o comportamientos que supongan un incumplimiento a la presente política y al Sistema de Gestión Antisoborno.
Implementación de Sistema de Gestión Antisoborno en el MIMP
Mediante Resolución Ministerial N° 300-2023-MIMP se aprobó el Manual del Sistema de Gestión Antisoborno de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP.
3. Política de Integridad
Código de Ética de la Función Pública
El Código de Ética de la Función Pública, aprobada por Ley N° 27815, establece los principios, deberes y prohibiciones que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública en cualquiera de sus niveles jerárquicos.
Principios: El servidor público actúa de acuerdo a los siguientes principios:
- Respeto
- Probidad
- Eficiencia
- Idoneidad
- Veracidad
- Lealtad y Obediencia
- Justicia y Equidad
- Lealtad al Estado de Derecho
Deberes: El servidor público tienes los siguientes deberes:
- Neutralidad
- Transparencia
- Discreción
- Ejercicio adecuado del cargo
- Uso Adecuado de los bienes del Estado
- Responsabilidad
Prohibiciones: El servidor público está prohibido de:
- Mantener intereses de conflicto
- Obtener ventajas indebidas
- Realizar actividades de proselitismo político
- Hacer mal uso de información privilegiada
- Presionar, amenazar y/o acosar
- Código de Ética del servidor y servidora del MIMP
El Código de Ética del Servidor y Servidora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
El Código de Ética del Servidor y Servidora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobado por Resolución Ministerial N° 216-2018-MIMP establece los valores de la institución, así como los principios, derechos, deberes y prohibiciones de todos los servidores de la entidad en cualquiera de sus niveles jerárquicos. Además, los compromisos éticos que todo servidor/a debe tener conocimiento.
Directiva de Gestión para el Reconocimiento en el marco de la integridad en la función pública en la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Directiva N° 001-2022-MIMP aprobada por Resolución Ministerial N° 148-2022-MIMP, que establece las disposiciones para el otorgamiento de reconocimiento a las/os servidoras/es que destacaron en la implementación de medidas de remediación y medidas de control del Plan de Acción Anual del Sistema de Control Interno y/o quienes en cumplimiento de sus funciones destacan en la práctica del valor institucional de probidad, cuya finalidad es fomentar una cultura organizacional de reconocimiento, reforzando en las/os servidores comportamientos que favorezcan a un óptimo nivel de satisfacción laboral e incorporar acciones de igualdad de trato y oportunidades, haciendo extensivo a los órganos y/o unidades orgánicas.
Código de Conducta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
El Código de Conducta de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobada por Resolución Ministerial N° 312-2022-MIMP, el mismo que brinda una guía de enfoque preventivo que inspira el comportamiento ético de las/os servidoras/es del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables alineando la conducta cotidiana a los valores institucionales.
Lineamientos para la gestión de conflictos de intereses en la sede central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Lineamientos aprobados por Resolución de Secretaría General N° 049-2022-MIMP/SG, que establece disposiciones que orienten a los/las servidores/as civiles de la sede central del Ministerio Mujer y Poblaciones Vulnerables para identificar, prevenir y mitigar situaciones que puedan configurar conflictos de intereses, con la finalidad de promover y fortalecer la cultura de integridad, ética y transparencia, libre de conductas de corrupción en la entidad.
4. Transparencia, datos abiertos y rendición de cuentas
Portal de Transparencia Estandar
Contiene información clasificada en rubros temáticos y presentados en formatos estándares por las entidades obligadas, conforme a los plazos que establece el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-20219-JUS, dicha información tiene carácter y valor oficial, por lo que es responsabilidad de cada entidad pública, el registro y actualización correspondiente.
Link del Portal de Transparencia Estándar:
https://www.transparencia.gob.pe/enlaces/pte_transparencia_enlaces.aspx?id_entidad=142
Rendición de cuentas
Es obligación del titular de la entidad, informar periódicamente a la Contraloría y a la ciudadanía mediante un Informe de rendición de cuentas, con carácter de declaración jurada, que contiene información de la gestión de la entidad, en lo referente a los sistemas administrativos, indicadores sociales y económicos, los bienes y servicios públicos de la entidad y la autoevaluación de la gestión.
Link de la sección Rendición de Cuentas:
https://www.gob.pe/institucion/mimp/informes-publicaciones/2756749
Registro de visitas
Link del Registro de visitas del MIMP:
https://www.transparencia.gob.pe/enlaces/pte_transparencia_enlaces.aspx?id_entidad=142
Agenda de la Alta Dirección
Link a las Agendas de la Alta Dirección:
Solicitudes de acceso a la información pública
El MIMP cuenta con la Plataforma de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a través del cual toda persona puede solicitar información creada, obtenida, en posesión o bajo control de la entidad, sin expresar la causa de su pedido, y la recibe en la forma o medio solicitado. El plazo de atención es de 10 días hábiles, sin embargo, cuando sea materialmente imposible cumplir con el plazo señalado debido a causas justificadas, la entidad comunica al solicitante la fecha en que proporcionará la información solicitada, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles de recibido el pedido de información.
Link a las Solicitudes de acceso a la información pública:
5. Controles internos, externos y auditoria
Control interno, externo y auditoria. El control interno se refiere a las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la propia entidad con el objetivo es asegurar la correcta gestión de los recursos, bienes y operaciones.
El control gubernamental externo lo realiza la Contraloría General de la República o a través del Órgano de Control Institucional. Dicho control es por naturaleza externa y posterior, y tiene por finalidad asegurar el adecuado uso de los recursos públicos.
Sistema de Control Interno
El Sistema de Control Interno tiene por finalidad fortalecer el control interno en las entidades del Estado para el eficiente, transparente y correcto ejercicio de la función pública en el uso de los recursos del Estado.
En ese sentido busca: i) Promover la efectividad, eficiencia y economía de las operaciones y calidad en los servicios. ii) Proteger y conservar los recursos contra cualquier pérdida, uso indebido, acto irregular o ilegal; iii) Cumplir las leyes. Reglamentos y normas gubernamentales, y iv) Elaborar información válida y confiable, presentada con oportunidad.
6. Comunicación y capacitación
Inducción e integridad a personal entrante
Link de la plataforma de inducción
https://www.mimp.gob.pe/files/induccion/programa-induccion.html
Programa de Desarrollo de las Personas
7. Canal de denuncias
Un acto de corrupción es una conducta o hecho que da cuenta del abuso del poder público por parte de servidor civil que lo ostente, con el propósito de obtener para sí o para terceros un beneficio indebido.
Una denuncia es una comunicación verbal, escrita o virtual, individual o colectiva, que da cuenta de un acto de corrupción susceptible de ser investigado en sede administrativa y/o penal.
Las medidas de protección son el conjunto de medidas dispuestas por la autoridad administrativa orientadas a proteger el ejercicio de los derechos personales o laborales de los denunciantes y/o testigos de presuntos actos de corrupción.
Una denuncia de mala fe está constituida por una denuncia falsa, sobre hechos ya denunciados, reiterada o carente de fundamento.
Normativa sobre Denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante
- Decreto Legislativo N° 1327, que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias de mala fe.
- Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327.
- Directiva Nº 002-2023-PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la plataforma digital única de denuncias del ciudadano”.
- Directiva N° 003-2024-MIMP “Gestión de denuncias sobre presuntos actos de corrupción y otorgamiento de medidas de protección".
8. Supervisión y monitoreo del modelo de integridad
El Índice de Capacidad Preventiva (ICP) es una herramienta diseñada por la Secretaría de Integridad Pública de la PCM para medir de forma estandarizada los avances en la implementación del Modelo de Integridad, permitiéndole a las entidades contar con un diagnóstico situacional para la elaboración de su Programa de Integridad.
9. Encargado del modelo de integridad
Creación de la Oficina de Integridad
De acuerdo al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, la Oficina de Integridad es responsable de asegurar la implementación del Modelo de Integridad y de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; asimismo se encarga de conducir y dirigir medidas destinadas a fortalecer una cultura de integridad en el MIMP.
Entre las funciones establecidas en el artículo 69 del citado cuerpo normativo se encuentra la de promover e implementar mecanismos y estrategias para fortalecer la integridad pública, la cultura de integridad pública y la lucha contra la corrupción en el Sector; así como supervisar el cumplimiento de la normativa en la materia de su competencia.
Informes, reportes y documentos
- Relación de Funcionarios y Servidores con capacidad de decisión en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
- Monitoreo, supervisión y seguimiento del Programa de Integridad del MIMP.
- Seguimiento y verificación del cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses.
- Informe Anual del Programa de Integridad.