Solicitar pensión de orfandad para hijos de trabajadores fallecidos de Cancillería que aportaron a la ONP

La pensión de orfandad se brinda a los hijos de un asegurado que en vida aportó a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Si eres apoderado de hijas o hijos menores de edad de una persona fallecida que trabajaba en esta institución, y aportaba a la ONP bajo el régimen del Decreto Ley N° 20530, puedes tramitar gratuitamente la pensión por orfandad.

Este beneficio también se brinda a hijos mayores de 18 años que sigan en forma ininterrumpida y satisfactoria estudios de nivel básico o superior de educación (iniciados cuando eran menores de edad), o sean incapacitados para el trabajo.

Requisitos

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Ve a la Cancillería

Dirígete, con los documentos indicados en requisitos, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. a la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicada en Jirón Lampa 535, Cercado de Lima, Lima.

2. Presenta los documentos

Ve a mesa de partes y pide el formato de solicitud. Llénalo y preséntalo con los demás requisitos.

3. Recibe tu resolución

Después de 30 días hábiles, recibirás la respuesta positiva al correo electrónico que indicaste. Los depósitos se realizarán un mes después de la confirmación en el número de cuenta referido en tu solicitud.