Obtener autorización para que organismos internacionales colaboren en procesos de adopción internacional

Si representas a un organismo acreditado de cooperación y apoyo en materia de adopción internacional y quieres operar en el país, debes solicitar una autorización al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp).

Estos organismos internacionales son instituciones acreditadas por el Estado de residencia de los adoptantes y autorizados por el Estado de origen de los menores de edad, para prestar cooperación y apoyo en materia, de lo siguiente:

  • Canalización de pedidos de adopción.
  • Desarrollo de las evaluaciones psicosociales y legales de los adoptantes.
  • Proceso de seguimiento y supervisión post adoptivo.

La vigencia de la autorización es de 2 años contados desde la fecha de aprobación correspondiente.

Requisitos

  • Solicitud de autorización, según Formulario N°02-MIMP-DGA, indicando los datos generales.
  • Copia del documento de acreditación vigente para el trámite de adopciones internacionales otorgado por la autoridad central del país de origen.
  • Copia del Poder que acredite que la persona que solicita el procedimiento representa legalmente al organismo acreditado.

Ten en cuenta que la documentación expedida en el extranjero debe estar apostillada o visada por la autoridad competente y traducida por un traductor debidamente identificado.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Ve a la mesa de partes

Dirígete a la mesa de partes de la Dirección General de Adopciones, ubicada en Av. Benavides 1155, Miraflores, Lima, Perú, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

2. Presenta tus documentos

Entrega los documentos solicitados en requisitos al funcionario encargado. Recibirás un número de expediente con el cual podrás consultar el estado de tu trámite. También puedes enviar tus documentos al correo electrónico adopcion@mimp.gob.pe.

3. Obtén la autorización

Tras un resultado favorable, en un plazo máximo de 20 días hábiles, la entidad expedirá la Resolución Directoral correspondiente que confirma tu autorización.

Si transcurrido el plazo de atención, la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite solicitado, este se da como denegado, quedando la posibilidad de que presentes el recurso administrativo correspondiente a la Dirección General de Adopciones o Unidades de Adopción.

Para realizar consultas sobre el trámite, puedes comunicarte a través del correo adopcion@mimp.gob.pe o por WhatsApp al número 985 159 882, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.