Alcaldía
Órgano de Control Institucional (OCI)
Es el encargado de programar, dirigir, ejecutar las acciones y actividades de control, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Control. Es responsable de promover la correcta y transparente gestión de los recursos y los bienes de la municipalidad, cautelando la legalidad y la eficiencia tanto de sus actos como de operaciones, así como el logro de los fines y las metas institucionales.
Funciones:
- Formular el Plan Anual de Control para la aprobación de la Contraloría General de la República, de acuerdo a las políticas y las directivas impartidas por la misma.
- Ejecutar el Plan Anual de Control Interno.
- Proponer el Presupuesto Anual de la Oficina de Control Interno para la aprobación correspondiente por la entidad, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados.
- Evaluar periódicamente los actos y los resultados de la gestión de los órganos internos de la municipalidad, en atención al grado de eficiencia, eficacia y transparencia en los aspectos administrativos, financieros y contables, para comprobar el cumplimiento de los planes aprobados y la normatividad vigente.
- Actuar de oficio en base a las regulaciones establecidas por el Sistema Nacional de Control, cuando en los actos y las operaciones de la municipalidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al alcalde para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
- Emitir informes a la Contraloría General de la República y al alcalde sobre las acciones de control realizadas.
- Monitorear el cumplimiento de las medidas correctivas e informar al alcalde y a la Contraloría General de la República la superación de las mismas. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.
- Asesorar a la Alcaldía planteando medidas preventivas y correctivas para el uso racional y correcto de los recursos municipales.
- Velar por la correcta aplicación de las normas emanadas del control interno aplicables a la entidad por parte de los órganos internos y personal de ésta.
- Ejecutar acciones de control externo posterior por encargo de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente.
- Atender las denuncias que correspondan ser evaluadas por la Oficina de Control Interno, que formulen los funcionarios, los servidores públicos y los ciudadanos, sobre actos y operaciones de la municipalidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.
- Ejecutar las medidas técnicas correctivas y preventivas necesarias para garantizar el cumplimiento de los resultados previstos por la Oficina de Control Interno.
- Informar periódicamente el cumplimiento de actividades y sugerencias para mejorar el funcionamiento del órgano que le compete.
- Las demás funciones que correspondan conforme a ley.