Obtener copia certificada de una partida o acta de nacimiento, matrimonio o defunción en la municipalidad

Si eres mayor de edad y quieres solicitar la copia certificada de una partida o acta de nacimiento, matrimonio o defunción en la municipalidad en la que fue inscrita, puedes hacerlo en su Oficina de Registro Civil.

Este documento te permitirá realizar diversos trámites, pues tiene validez legal, ya que certifica que la copia de un documento es igual al original presentado. Por ejemplo, puedes presentar una copia certificada de nacimiento si necesitas matricular a tu hijo en una institución educativa.

Ten en cuenta que cualquier peruano mayor de edad puede pedir la copia de un acta de otro ciudadano, siempre y cuando tenga la información de registro y cancele el derecho de trámite.

También puedes solicitar una copia certificada de un acta o partida en Reniec.

Requisitos

  • Acta a rectificar: nacimiento, matrimonio o defunción.
  • Documento que sustente el dato a corregir.
  • Copia de DNI.
  • Si un tercero realizará la solicitud: carta poder.

Modalidad: Presencial

Hazlo en 6 pasos:

1. Dirígete a la municipalidad

Acércate a la Oficina de Registro Civil (primer piso de la municipalidad), ubicada en Av. Pedro Ruiz 579, Eten, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m. y de 2:00 p. m. a 4:30 p. m.

2.Presenta los documentos

Identifícate con tu DNI y presenta los requisitos al funcionario para que sean verificados. Si la información es correcta, recibirás una orden de pago.

3. Paga tu trámite

En el mismo edificio, ve a la Oficina de Recaudación y cancela S/ 60.00 . Conserva tu recibo de pago.

4. Realiza la publicación

En un plazo de 3 días hábiles, regresa a la Oficina de Registro Civil con tu recibo de pago. Entrégalo al funcionario y recibirás un aviso de rectificación para que puedas coordinar su publicación en el periódico local del distrito.

5. Lleva una copia de la publicación

Una vez publicado el aviso, regresa a la municipalidad y entrega una copia o recorte del periódico al funcionario para que lo anexe a tu documentación.

Si luego de 8 días hábiles de la publicación nadie presenta un reclamo, se continúa con el trámite.

6. Obtén tu rectificación

En un plazo máximo de 5 días hábiles, recibirás una copia original de la resolución con la rectificación del acta de nacimiento, matrimonio o defunción. Luego, puedes solicitar una copia certificada del acta.