Registrarme en el régimen excepcional de transporte de trabajadores en la ATU

Si como persona jurídica prestas el servicio de transporte turístico o de estudiantes en Lima y Callao y, debido a la situación de emergencia por el coronavirus, debiste dejar de hacerlo, puedes acogerte al régimen excepcional, con el cual tendrás autorización para brindar el servicio de transporte de trabajadores de empresas (públicas o privadas).

Este registro estará vigente durante toda la emergencia sanitaria.

Requisitos

  • Autorización vigente al 15 de marzo de 2020 para prestar el servicio de transporte regular de personas.
  • Estar habilitado en las categorías de vehículos M2 y M3 (vehículo que tiene más de ocho asientos).

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Para acceder a la plataforma, digita tu número de RUC y da clic en “Ingresar”.

El sistema te listará los datos de la empresa, del representante legal y la placa de las unidades registradas. Deberás confirmarlos o modificarlos, activar el check de las declaraciones juradas y dar clic en “Guardar”.

Recibirás la confirmación de tu registro en tu correo electrónico de manera inmediata.

Regístrate en el régimen excepcional