Prórroga de residencia según calidad migratoria

Solicitar prórroga de residente familiar para personas extranjeras mayores de edad

Si eres una persona extranjera que tiene vínculo familiar comprobado con un ciudadano peruano y tu residencia está por vencer, puedes solicitar la prórroga a la Superintendencia Nacional de Migraciones a través de su agencia digital.

Si tu vínculo familiar es con un extranjero residente en el país, éste debe tener una situación migratoria regular.

Esta calidad migratoria te permite ingresar o permanecer en el territorio nacional y trabajar de manera dependiente o independiente.

El plazo de permanencia para el familiar de un peruano es de hasta 2 años, mientras que para el familiar de un extranjero residente es de 1 año. En ambos casos, puedes extenderlos por el mismo plazo 30 días antes del vencimiento de tu residencia.

Condiciones

  • El trámite es personal y no admite intervención de apoderado.
  • Estar en el país al presentar esta solicitud.
  • Mantener un vínculo familiar comprobado con nacionales o con personas extranjeras residentes en territorio peruano, de acuerdo a los alcances establecidos en el artículo 38° del Decreto Legislativo N° 1350.
  • El titular de la calidad migratoria debe encontrarse en cumplimiento de los deberes establecidos en el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1350; y de ser el caso haber realizado el pago de la sanción de multa correspondiente.
  • Si el beneficiario no se encuentra en capacidad física o mental, debidamente comprobada, para manifestar su voluntad de manera indubitable, debe apersonarse en compañía de su salvaguarda, apoyo o figura legal.

Requisitos

Adicionalmente debes presentar:

Para hijo soltero mayor de edad de peruano o extranjero residente que no se encuentra en aptitud de atender su subsistencia por causas de discapacidad física o mental

  • Declaración jurada de soltería suscrita por el representante legal (salvaguarda, apoyo, figura legal afín).
  • Presentar original del documento que acredite la representación legal o figura legalmente afín, ya sea por resolución judicial o instrumento público análogo.
  • DNI, en el caso de peruano, y en caso de extranjero, original y copia del carné temporal migratorio, carnet de extranjería, carnet de permiso temporal de permanencia o carnet de identidad vigente, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el caso de extranjeros que tengan una calidad migratoria en el Perú, deben contar con la permanencia o residencia vigente y con datos actualizados.

Para hijo soltero mayor de edad del cónyuge o del integrante de la unión de hecho, que no se encuentre en aptitud de atender su subsistencia por causas de discapacidad física o mental

  • Declaración jurada de soltería suscrita por el representante legal (salvaguarda, apoyo, figura legal afín).
  • Presentar original del documento que acredite la representación legal o figura legalmente afín, ya sea por resolución judicial o instrumento público análogo.
  • DNI, en el caso de peruano y en caso de extranjero, original y copia del carné temporal migratorio, carnet de extranjería, carnet de permiso temporal de permanencia o carnet de identidad vigente, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Para hijo soltero mayor de edad de peruano o extranjero residente, hasta los 28 años de edad, que sigue estudios técnicos o superiores

  • Declaración jurada de soltería.
  • Copia simple de la constancia de estudios o matrícula expedida por el centro de estudios técnico o superior con reconocimiento oficial del Estado peruano, que indique:
    • Nombres y apellidos del solicitante.
    • Tiempo y tipo de estudio.
    • Duración de los estudios.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Paga S/ 20.20 con el código 07566, en cualquier agencia del Banco de la Nación. Guarda el recibo.

Luego, en la plataforma selecciona la opción "Prórroga de residencia", adjunta en archivo PDF los documentos solicitados y tu recibo de pago por derecho de trámite.

Por último, descarga el formulario. Usa tu número de expediente, usuario y contraseña para ver las observaciones, notificaciones, y en un plazo de 5 días hábiles, el resultado de tu trámite desde tu Buzón Electrónico de Migraciones.

Solicita la prórroga de tu residencia

Si pierdes u olvidas tu usuario y contraseña, podrás recuperarlo en la opción de Buzón Electrónico a través de la agencia virtual.