Cambiar calidad migratoria residente

Solicitar cambio de calidad migratoria por la de familiar residente

Si eres una persona extranjera residente en el país y tienes vínculo familiar comprobado con un peruano, puedes solicitar tu cambio de calidad migratoria a través de la agencia digital de la Superintendencia Nacional de Migraciones. Asimismo, si tu pariente es un extranjero residente en territorio peruano, éste debe tener una situación migratoria regular.

Esta calidad te permite realizar actividades lucrativas de manera dependiente o independiente. El plazo de permanencia es de hasta 2 años para familiares de nacionales y de 1 año para parientes de extranjeros residentes. Puedes solicitar su extensión por el mismo tiempo que corresponde a tu caso.

Condiciones

  • El trámite es personal.
  • Estar en el país al momento de presentar la solicitud.
  • No tener antecedentes policiales, penales ni judiciales en el país de origen o en los países que hubo permanencia o residencia previa.
  • Tener un vínculo familiar comprobado con un peruano o con personas extranjeras residentes en territorio peruano, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1350.
  • En caso el beneficiario se encuentre en discapacidad física o mental que le impida manifestar su voluntad, debe acercarse en compañía de un salvaguarda o representante legal, de acuerdo al Decreto Supremo N° DS 002-2021.
  • En caso el familiar residente sea peruano, debe contar con DNI vigente. Si es extranjero, debe contar con los datos actualizados y residencia vigente.
  • En el caso de menores de edad, debe acercarse en compañía de uno de sus padres o tutor, según corresponda.

Requisitos

Adicional, para realizar esta solicitud para hijos menores de edad del cónyuge o integrante de la unión de hecho de nacionalidad extranjera

  • Si es una persona casada con un peruano: copia del acta o partida de matrimonio. En caso haya sido registrada en el Perú, debe tener una vigencia máxima de 90 días calendario. Si fue registrada en el Consulado del Perú, debe estar legalizado Ministerio de Relaciones Exteriores (RREE) con una vigencia de 180 días calendario.
  • Si es una persona casada con un extranjero: copia simple del acta de matrimonio. En caso se haya realizado el matrimonio en el país, debe contar con una vigencia de 90 días calendario o si fue en el extranjero, debe estar legalizado por el RREE y contar con una vigencia de 180 días calendario.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Paga S/ 162.50 , usando el código 07568, en cualquier agencia del Banco de la Nación con tu documento de viaje. Una vez confirmado el pago, inicia tu trámite, selecciona 'Cambio de calidad migratoria' y adjunta en archivo PDF los documentos solicitados en requisitos.

Luego, descarga el formulario. Usa tu número de expediente, usuario y contraseña para ver las observaciones, notificaciones y el resultado de tu trámite desde tu Buzón Electrónico de Migraciones. En un plazo de 30 días hábiles, la entidad te enviará el resultado del trámite a tu correo electrónico.

Solicita tu cambio de calidad migratoria