Aspectos a considerar en la programación multianual de inversiones

La programación multianual de inversiones (PMI) tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial o territorial.

La PMI que realizan las entidades y empresas públicas sujetas al sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones se rigen por los siguientes criterios::

  • Cierre de brechas.
  • Coordinación intra e intergubernamental.
  • Sostenibilidad y la oportunidad en la entrega del servicio a la población beneficiaria.

La fase de programación multianual de inversiones comprende 6 etapas:

Primera etapa: elaboración y aprobación de los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios

  • La OPMI del Sector es responsable de conceptualizar, definir y actualizar los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios que se enmarquen en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector, de acuerdo a los instrumentos metodológicos establecidos por la DGPMI.
  • Los indicadores de brechas validados por la DGPMI son aprobados por el OR del Sector mediante la resolución o acto correspondiente, y publicados por la OPMI del Sector responsable en su portal institucional
  • La OPMI del Sector estima y actualiza los valores numéricos de los indicadores de brechas, hasta el nivel de desagregación distrital, sujeto a la disponibilidad de información, los cuales son publicados en el portal institucional del Sector.
  • La aprobación y publicación de los indicadores de brechas, así como la actualización de sus valores numéricos a que se refieren los párrafos 11.4 y 11.5 se efectúan de acuerdo a los plazos establecidos en el Anexo N° 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones.
  • Las OPMI de los GR y GL toman como insumo para la elaboración de sus PMI los valores numéricos de los indicadores de brechas aprobados y publicados por las OPMI del Sector en su portal institucional.

Segunda etapa: elaboración y publicación del diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios

  • El diagnóstico de brechas es el análisis realizado para determinar la situación y carencias de infraestructura o de acceso a servicios en un determinado ámbito geográfico; este se elabora utilizando los indicadores de brechas aprobados por los sectores.
  • La OPMI de cada sector, gobierno regional y gobierno local, según corresponda, elabora el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura o de acceso de servicios; en los sectores, el diagnóstico comprende el ámbito de su responsabilidad funcional; en los gobiernos regional y local, el diagnóstico se efectúa dentro del ámbito de su competencia y circunscripción territorial.
  • Concluido el diagnóstico de brechas, este es publicado por la OPMI en su portal institucional.

Tercera etapa: elaboración y aprobación de los criterios de priorización

  • La OPMI del sector, previa coordinación con la oficina de planeamiento o la que haga sus veces en la entidad, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional.
  • Los criterios de priorización sectoriales se aplican para las transferencias que realiza el gobierno nacional a los gobiernos regional y local, así como a las solicitudes de financiamiento de los tres niveles de gobierno que se presenten en el marco de la normativa vigente.
  • La OPMI de los gobiernos regional y local propone los criterios de priorización para las inversiones que se enmarquen en sus competencias, que consisten en la priorización de las funciones de su competencia; estos criterios de priorización son concordantes con los de priorización sectoriales, así como con los planes nacionales sectoriales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo con el Sinaplan.
  • Los criterios de priorización de los gobiernos regional y local son aprobados por el organismo resolutivo (OR) y publicados por la OPMI en su portal institucional.

Cuarta etapa: elaboración de la cartera de inversiones del PMI

  • La elaboración de la cartera de inversiones del PMI tiene como objetivo la selección de las inversiones a ser financiadas total o parcialmente con fondos públicos necesarias para alcanzar las metas de producto establecidas para el logro de los objetivos priorizados y los indicadores de resultado respecto al cierre de brechas; asimismo, considera la capacidad de gasto de capital para su ejecución y del gasto corriente para su operación y mantenimiento por parte de los sectores, gobiernos regional y local, según corresponda.
  • En las inversiones de los sectores que se financien con fondos públicos provenientes de fondos u otras entidades del gobierno nacional, estas deben ser programadas en el PMI del sector al que pertenece el fondo o entidad que transfiere dichos fondos públicos.
  • La cartera de inversiones del PMI seleccionada por los gobiernos regional y local comprende las inversiones de las entidades de su nivel de gobierno y de las empresas públicas de su propiedad o que están bajo su administración, debiendo tener en cuenta el anexo Nro. 01: Clasificador institucional del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones.
  • La OPMI sobre la base de los criterios de priorización aprobados, selecciona y prioriza las inversiones a ser financiadas total o parcialmente con fondos públicos para su inclusión en el PMI.
  • Las inversiones priorizadas son ordenadas en el módulo de programación multianual de inversiones del banco de inversiones (MPMI) según su estado de avance en el ciclo de inversión, de acuerdo con orden de prelación que se encuentra regulado.
  • La OPMI registra las inversiones priorizadas en el MPMI de acuerdo con el anexo Nro. 04: Instructivo para la elaboración y registro del PMI dentro de los plazos establecidos en el anexo Nro. 06: Plazos para la fase de programación multianual de inversiones. vencido este plazo el MPMI queda desactivado.

Quinta etapa: aprobación del PMI y presentación a la DGPMI

  • Concluido el registro de la cartera de inversiones del PMI en el MPMI, la OPMI correspondiente presenta dicho documento al OR para su aprobación.
  • El PMI sectorial, regional y local es aprobado mediante la resolución o acto correspondiente por el ministro, titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el gobernador regional y por el alcalde, respectivamente.
  • La OPMI del sector, de los gobiernos regional y local bajo responsabilidad, presenta a la DGPMI el PMI aprobado. Dicha presentación se entiende efectuada mediante el registro en el MPMI.

Sexta etapa: eElaboración y publicación del Programa Multianual de Inversiones del Estado (PMIE)

  • El PMIE se elabora sobre la base de los PMI sectoriales, regionales y locales, y de las empresas públicas bajo el ámbito de Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), incluido EsSalud, presentados a la DGPMI de acuerdo a lo establecido en la directiva, los que reflejan los criterios de priorización aprobados por los respectivos OR y los objetivos priorizados respecto del cierre de brechas, teniendo en cuenta las proyecciones macroeconómicas de crecimiento del gasto público previstas en el marco macroeconómico multianual y otros indicadores macroeconómicos y financieros.

Modificaciones a la cartera de inversiones del PMI

En relación con las modificaciones a la cartera de inversiones del PMI, es importante tomar en cuenta:

  • Cuando los sectores, gobiernos regional y local identifiquen inversiones viables o aprobadas que requieran ser programadas en el PMI, estas se incorporan en la cartera de inversiones del PMI del año en ejecución o en los años posteriores, de corresponder, siempre que se alineen con los objetivos priorizados y contribuyan a la meta de producto para el cierre de brechas prioritarias de la entidad.
  • Para evitar la duplicación de inversiones es necesario asegurar su concordancia con los objetivos sectoriales, así como con las transferencias del gobierno nacional a efectuarse. Las OPMI de los sectores coordinan la elaboración o modificación de sus carteras de inversiones con las OPMI de los gobiernos regional y local; para tal efecto, la OPMI del sector verifica las inversiones registradas en las carteras de inversiones de los gobiernos regional y local en el MPMI y, de ser el caso, emite opinión sobre esa cartera.

Legislación aplicable

  • Artículos 9° al 20° de la directiva Nro. 001 – 2019 – EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.