Recepción de insumos químicos a cargo del Pronabi

Servicio inhabilitado desde el 2 de febrero de 2019

Por Decreto Legislativo N° 1373 el proceso es asumido por la Sunat

Este procedimiento hace posible que el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi) reciba insumos químicos por parte del Ministerio Público (MP) o la Policía Nacional del Perú (PNP), para administrarlos con el fin de generar rentabilidad a favor del estado peruano.

Procedimiento

Para que el Pronabi reciba insumos químicos, el MP o la PNP le envía un oficio poniéndolos a su disposición y precisando el tipo de insumo, peso bruto o volumen, cantidad, características de los envases, lugar donde se encuentran físicamente y nombre de la fiscalía a cargo del caso.

Asimismo, la PNP o el MP adjuntan la documentación correspondiente, lo cual incluye:

  • Copia del informe, atestado o el parte policial.
  • Copia autenticada o certificada del acta de intervención policial, incautación o hallazgo de los insumos químicos.
  • Copia autenticada del acta de extracción de muestras, pesaje y lacrado.
  • Copia autenticada o certificada del resultado del análisis químico.
  • Copia de la resolución judicial que confirma la incautación, de ser el caso.
  • Otros documentos que se consideren pertinentes para la recepción.

Una vez determinada la competencia del Pronabi dentro del marco legal vigente, el programa solicita a la entidad correspondiente la custodia temporal del insumo químico hasta que se generen los actos de administración debidos.

Finalmente, el Pronabi programa una diligencia de constatación física química donde evalúa las condiciones de almacenamiento y el estado de conservación del insumo químico, para recomendar su transferencia a entidades públicas o su neutralización química.

Si deseas mayor información sobre la recepción de insumos químicos, comunícate a la Central Telefónica del Pronabi al (01) 514-8830 anexos 211, 213 o 227.