Crédito suplementario para el financiamiento de un proyecto de inversión

Los créditos suplementarios son incrementos en los créditos presupuestarios autorizados provenientes de mayores recursos respecto de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.

Pueden provenir por:

  • Mayores captaciones del rubro impuestos Municipales o recursos directamente recaudados, aprobados con acuerdo de Concejo Municipal.
  • Producto de un convenio para realizar determinado proyecto. En ese caso, el pliego presupuestario que transfiera recursos es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de los mismos.

El pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, que recibe las transferencias financieras, incorpora dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas, y en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de financiamiento.

Es aprobado por el titular del pliego habilitado, tomando en cuenta lo siguiente:

  • Aprobar la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los 5 días calendario de la vigencia de la norma.
  • Remitir copia de la Resolución dentro de los 5 días de aprobada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público.
  • La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, debe solicitar a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida, asimismo, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes Notas para Modificación Presupuestaria que se requieran.

Cabe indicar que, generalmente, los recursos de crédito suplementario y de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados.