Importación para el consumo

Este procedimiento permite el ingreso de mercancías con valor FOB (valor de la mercancía entregada a bordo del transporte designado por el comprador en el puerto de embarque) mayor a US$ 2,000.00 al territorio aduanero, luego del pago o garantía de los tributos y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.

Las declaraciones se tramitan bajo las siguientes modalidades de despacho aduanero y plazos:

  • Anticipado: se genera la Declaración de Importación antes de la llegada del medio de transporte. La aplicación de esta modalidad es obligatoria con excepción de las situaciones señaladas en el procedimiento de Importación para el Consumo
  • Diferido: se genera la Declaración de Importación después de la llegada del medio de transporte. Dentro de los 15 días calendario desde la descarga, puedes solicitar la prórroga del plazo de despacho diferido en casos justificados, por única vez y por un plazo adicional de 15 días calendario.
  • Urgente: se genera la Declaración de Importación antes de la llegada del medio de transporte y hasta 7 días calendario después de la descarga.

Los pagos a realizar estarán en función a la subpartida nacional (código de 10 cifras de acuerdo al arancel de aduanas). La norma legal asociada es el Procedimiento General DESPA-PG.01 Importación para el Consumo.

Condiciones

  • Contar con el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) y tener la condición de habido, es decir que tu domicilio se encuentre confirmado. Asimismo, de manera excepcional, no están obligados a contar con RUC:
    • Las personas naturales que realicen ocasionalmente importaciones o exportaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de US$ 1,000.00 y registren hasta 3 importaciones o exportaciones anuales como máximo.
    • Las personas naturales que, por única vez, en 1 año calendario, importen o exporten mercancías, cuyo valor FOB, sea mayor a los US$ 1,000.00 y no supere los US$ 3,000.00 .
  • Contratar los servicios de un agente de aduana (operador habilitado por Sunat) quien en tu representación solicitará la numeración de la Declaración Aduanera de Mercancías. Para ello, debes generar un mandato electrónico a través de tu clave SOL.
  • Verificar si los productos son mercancía prohibida (se encuentra impedida de ingresar al territorio nacional) o si es mercancía restringida es decir debe contar con un documento que autorice su ingreso al país.
  • Consultar si puedes beneficiarte con alguno de los acuerdos comerciales vigentes que Perú tienes con otros países.
  • Si deseas importar un vehículo, debes seguir el trámite de Importación para el consumo, independientemente de su valor; debes cumplir con los requisitos y documentos para el caso de vehículos nuevos o vehículos usados.

El valor en aduana de las mercancías se verifica y determina conforme a las normas del Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y normas de la Comunidad Andina, el cual puedes verificar en el Procedimiento DESPA.PE.01.10a.