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Retornar al Sistema Nacional de Pensiones

Si antes aportabas al Sistema Nacional de Pensiones - SNP (D.L. N° 19990) y luego te trasladaste al Sistema Privado de Pensiones (SPP), tienes la opción de retornar al SNP si cumples con las condiciones legales establecidas por la Ley N° 28991:

  • Debes haber estado afiliado al SNP (D.L. N° 19990) hasta el 31 de diciembre de 1995.
  • A la fecha de tu incorporación al SPP, cumplías con alguna de las siguientes condiciones:
    • Tener al menos 65 años de edad y 20 años de aporte al SNP, para el régimen general de pensión de jubilación individual.
    • Tener al menos 65 años de edad, 10 años de aporte como mínimo y menos de 20 como máximo al SNP, para el régimen de pensión de jubilación proporcional especial.
    • Tener al menos 50 años de edad y 25 años de aporte al SNP, para el régimen de pensión de jubilación adelantada general.
    • Cumplías con otros requisitos para tener derecho a una pensión bajo cualquiera de los regímenes especiales de jubilación en el SNP, distintos a los señalados en las dos viñetas anteriores.

Además, toma en cuenta que si te desafilias de tu AFP y retornas al SNP, no recibirás automáticamente una pensión de jubilación en el SNP. Para eso, deberás cumplir con los requisitos para obtener una pensión en el SNP.

Si deseas solicitar el retorno, debes saber:

  • El dinero que tengas en tu cuenta individual de capitalización en la AFP (cuenta personal) es transferido de manera irreversible al SNP (D.L. N° 19990) luego de producida la desafiliación.
  • En este proceso se puede generar una deuda que deberás pagar a la ONP, debido a que los aportes mensuales que se hacen a esta entidad son mayores que a la AFP.
  • En caso de que cuentes con un título de Bono de Reconocimiento (BdR) emitido, este será devuelto a la ONP.

Requisitos

  • Documento que acredite tus aportes (boletas de pago de remuneraciones, liquidación de beneficios sociales, certificados de trabajos, declaración jurada del empleador, ​informes de verificación de aportaciones emitidos por la ONP, declaración jurada del asegurado, documentos probatorios de aportaciones emitidos por el ex-IPSS o EsSalud u otros documentos que acrediten períodos de vínculo laboral con otros empleadores).
  • Documento que acredite la devolución de cualquier monto que hayas retirado de tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

Modalidad: Online

Hazlo de forma digital:

Para retornar al Sistema Nacional de Pensiones, debes contactarte con tu AFP y presentar tu solicitud de Libre Desafiliación Informada. Ellas trasladarán tu pedido a la ONP.

La ONP tiene un plazo de 30 días hábiles (desde que la AFP comunica a la ONP el RESIT-SPP) para procesar la solicitud y enviar el resultado de tu solicitud a tu AFP.

Tu AFP, habiendo recibido el resultado de tu solicitud, tiene 5 días para comunicarse contigo y, a partir de ese momento, tienes hasta 90 días para confirmar que estés de acuerdo con retornar al SNP; de estarlo, la SBS emitirá la resolución de desafiliación en un plazo no mayor a 15 días. Luego, esta resolución es enviada a la AFP, y la AFP remite una copia física a la ONP y a la afiliada o al afiliado dentro del plazo de 5 días. En paralelo, el área de servicios de la AFP se contacta con la persona afiliada.

Si no estás de acuerdo, el trámite finaliza.

En caso tengas alguna duda, comunícate a nuestro servicio ONP Te escucha, llamando al (01) 634 2222 desde Lima u otros departamentos, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.