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Dirección de Gestión de Pensiones
La Dirección de Gestión de Pensiones es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos encargada de realizar el análisis financiero y técnico sobre las políticas en materia de ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado que impliquen el uso de fondos públicos, y en pensiones no contributivas.
Funciones de la Dirección de Gestión de Pensiones:
La Dirección de Gestión de Pensiones tiene las siguientes funciones:
a) Formular y proponer actualización del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado que impliquen el uso de fondos públicos, y en pensiones no contributivas
b) Formular y evaluar proyectos normativos y propuestas en materia de ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado, que impliquen el uso de fondos públicos
c) Emitir opinión vinculante en materia de ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado, que impliquen el uso de fondos públicos
d) Realizar el análisis financiero y técnico sobre medidas en materia de ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado que impliquen el uso de fondos públicos, y en pensiones no contributivas
e) Realizar los cálculos actuariales de los sistemas de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado que impliquen el uso de fondos públicos, distintos a los que corresponde a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), así como evaluar los cálculos que realiza la ONP
f) Determinar los costos de los ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado que impliquen el uso de fondos públicos, y en pensiones no contributivas
g) Emitir opinión respecto a los actos administrativos sobre los ingresos de personal de los regímenes previsionales contributivos a cargo del Estado, que impliquen el uso de fondos públicos, emitidos en contravención a las disposiciones sobre la normativa de la gestión fiscal de los recursos humanos, que tengan impacto fiscal significativo
h) Emitir opinión sobre convenios internacionales y los tratados en materia de seguridad social; y
i) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.