Centro Nacional de Salud Pública (CNSP)

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Funciones del CNSP

Son funciones del Centro Nacional de Salud Pública, las siguientes:

  • Implementar políticas, planes y estrategias en el campo de las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros problemas de salud pública prevalentes en el país, coordinando con los órganos del Ministerio de Salud u otras entidades públicas, para contribuir a la mejora de la salud de la población peruana.
  • Planificar, organizar, dirigir y supervisar la gestión y operación de los laboratorios de referencia nacional de enfermedades transmisibles y no transmisibles del INS.
  • Contribuir al desarrollo de actividades de prevención y control en salud pública, asociadas a enfermedades transmisibles y no transmisibles, para poblaciones expuestas a riesgos y daños.
  • Realizar pruebas de laboratorio y brindar servicio de diagnóstico especializado para la vigilancia y control sanitario de enfermedades transmisibles y no transmisibles coordinando con el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC) cuando sea necesario.
  • Transferir métodos de ensayo y otros procedimientos técnicos que coadyuven a la prevención y el control de las enfermedades transmisibles y no trasmisibles
  • Desarrollar acciones de vigilancia basada en laboratorios que contribuyen a la prevención y control de riesgos y daños a la salud por enfermedades transmisibles y no transmisibles de interés en salud pública, y a la toma de decisiones y el diseño de intervenciones
  • Promover, proponer, desarrollar y difundir proyectos de investigación e innovación en tecnologías, intervenciones y estrategias en el campo de las enfermedades transmisibles y no transmisibles
  • Desarrollar acciones de detección y respuesta ante amenazas de salud global con énfasis en emergencias sanitarias, bioterrorismo, salud en fronteras y amenazas globales, así como desarrollar actividades en inteligencia sanitaria en el ámbito de su competencia, en coordinación con el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC)
  • Monitorear y evaluar la gestión de laboratorios de referencia nacional de enfermedades transmisibles y no transmisibles y realizar análisis de desempeño de laboratorios de la red nacional de laboratorios de salud pública.
  • Validar los reactivos, pruebas diagnósticas y de técnicas y procedimientos analíticos de los laboratorios de enfermedades transmisibles y no transmisibles.
  • Desarrollar, transferir, evaluar y difundir tecnologías relacionados al diagnóstico e investigación en el campo de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, que contribuyan a mejorar la salud de la población peruana.
  • Divulgar y brindar información sobre diagnóstico e investigación de enfermedades transmisibles y no transmisibles a la población en general.
  • Implementar y monitorear el cumplimiento de las normas y recomendaciones especializadas en materia de bioseguridad, biocontención, material y residuos biocontaminados.
  • Implementar y dirigir el biobanco nacional de muestras biológicas y afines.
  • Proponer, diseñar, desarrollar y brindar servicios especializados y asistencia técnica, respecto de enfermedades transmisibles y no transmisibles, ante necesidades de salud pública de ámbito regional, nacional o internacional.
  • Proponer y ejecutar convenios de cooperación referidos a diagnóstico, vigilancia basada en laboratorios y/o investigación de enfermedades transmisibles y no transmisibles, con organizaciones del sector público y privado internacionales o nacionales, en coordinación con la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales.
  • Promover, fomentar y contribuir al desarrollo de capacidades, formación, especialización y certificación de recursos humanos de salud, en el campo de la investigación de enfermedades transmisibles y no transmisibles, a través de la Escuela Nacional de Salud Pública (ENSAP), instituciones públicas, privadas, universidades, institutos y centros de investigación, nacionales e internacionales, entre otras.
  • Emitir opinión técnica y absolver consultas referidas a diagnóstico e investigación en salud, en el ámbito de enfermedades transmisibles y no trasmisibles
  • Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que la Presidencia Ejecutiva le asigne.

(Corresponde al Artículo 40 de la sección primera ROF INS - DS Nº 016-2023-SA)