Familia presenta ante SUSALUD denuncia contra la clínica Tezza por presunto condicionamiento a la atención médica de emergencia

Nota de prensa
La prioridad de la atención por emergencia es salvaguardar la vida del paciente.

11 de diciembre de 2021 - 9:45 a. m.

La familia de un octagenaria, quien fuera atendido en la Clínica Padre Luis Tezza el pasado 09/12/21, ha presentado una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) por un presunto condicionamiento a la atención médica de emergencia al pago previo de un monto económico, lo cual habría ocasionado el retraso en la prestación del servicio de salud.

Con la autorización de la familia, SUSALUD tendrá acceso a la historia clínica para verificar cuál fue el flujo de la atención que se brindó al paciente y si ella se brindó con la debida oportunidad que requiere una emergencia.

La Superintendencia enfatiza que la Ley de emergencia establece que, el cobro de los gastos debe darse culminada la atención de salud. Para las poblaciones vulnerables, el pago lo asumirá el Seguro Integral de Salud (SIS) y para las que no estén aseguradas, el establecimiento de salud iniciará el cobro al paciente.

Una emergencia en salud es una situación inesperada y crítica de peligro inminente para la vida y que requiere de una atención inmediata. La emergencia es determinada únicamente por el profesional de salud que brinda atención de emergencia al paciente en el establecimiento.

SUSALUD recuerda que, tanto la Ley de Emergencia 27604 y su reglamento, así como la Ley General de Salud 26842, señalan que toda persona tiene derecho a recibir atención médica de emergencia, de manera inmediata, en el establecimiento más cercano, sea este público o privado, mientras subsista el estado de grave riesgo para la vida y la salud.

Asimismo, ningún establecimiento de salud público o privado debe negar la atención, ni exigir la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) y/o un pago, pagaré, garantía económica u otro documento mientras dure la condición de emergencia vital.

En caso de vulneración del derecho a la atención por emergencia, SUSALUD podrá iniciar un proceso de investigación y, de acuerdo con el nivel de responsabilidad, sancionar al establecimiento de salud. Las sanciones van desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo 031-2014-SA.

Como garantía de la defensa de sus derechos en salud, SUSALUD recuerda a la población que tiene a disposición la línea 113, línea gratuita, en la que encontrará atención las 24 horas, los 365 días del año, comunicándose desde cualquier teléfono fijo o celular. Asimismo, la Superintendencia tiene a disposición de la población el APP SUSALUD Contigo y el Asistente Virtual Inteligente AVISUSALUD, a través del whatsapp 960118796.