Aviso de Convocatoria

Comunicado
Concurso público para la selección de ocho (08) vocales del Tribunal de SUSALUD

9 de agosto de 2021 - 7:00 a. m.

El Consejo Directivo de SUSALUD convoca, a nivel nacional, a los profesionales de las carreras vinculadas a las materias de la competencia del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, a participar en el proceso de selección para ocupar el siguiente cargo:
Descripción: Vocal del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD.
Cantidad de miembros requeridos para la conformación de las tres salas especializadas del Tribunal de SUSALUD: Ocho (08) profesionales colegiados y habilitados en carreras vinculadas a las materias que conoce y resuelve el Tribunal de SUSALUD.
REQUISITOS:
a. Ser peruano, gozando del pleno ejercicio de la ciudadanía y de sus derechos civiles.
b. Título profesional en carreras vinculadas a las materias de la competencia del Tribunal de SUSALUD, con ejercicio de la profesión por un periodo no menor de quince (15) años, el mismo que será computado desde la obtención del Título. Contar con habilitación vigente del Colegio Profesional al que pertenece al momento de la postulación.
c. Contar con reconocida solvencia, idoneidad profesional, conducta intachable y con no menos de siete (07) años de experiencia profesional en materias que configuran el objeto de competencia del Tribunal de SUSALUD.
d. Acreditar estudios concluidos de especialización en su profesión: Derecho, Medicina u otros, en algunas de las materias de competencia del Tribunal de SUSALUD, así como acreditar estudios de postgrado en: Auditoría Médica, Auditoría Contable, Peritaje, Salud Pública, Administración de Servicios de Salud, Regulación, Derecho Administrativo,
Derecho Constitucional, Solución de Controversias, Protección al Consumidor y Seguros referidos a prestaciones de salud.
e. No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública por sentencia judicial, mandato de autoridad administrativa competente o disposición del Congreso de la República.
f. No haber sido condenado ni haber sido objeto de una sentencia con reserva de fallo condenatorio, por la comisión de un delito doloso.
g. No haber sido destituido o despedido por medida disciplinaria o falta grave en el sector público o privado.
h. No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni haber ejercido cargos directivos o de gerencia general en personas jurídicas declaradas en quiebra en los dos (2) últimos años, o ser deudor alimentario moroso.
i. No tener pleito pendiente o deuda vencida con alguna entidad bajo el alcance de la Superintendencia.
j. No ser funcionario o servidor de una IAFAS, IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS. No haber pertenecido a una lAFAS, IPRESS o Unidad de Gestión de IPRESS en los tres (03) últimos años, en condición de accionista, asociado, fundador, directivo, gerente general, gerente u otros cargos similares de responsabilidad, dirección o de confianza.
k. No ser miembro del Consejo Directivo de SUSALUD.
l. No haber sido declarado judicialmente, de acuerdo al Código Civil, como persona con capacidad de ejercicio restringida.

BASES : click aquí

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