FIESTAS PATRIAS: SUSALUD invoca protección del derecho a la atención de emergencia

Nota de prensa
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22 de julio de 2025 - 4:22 p. m.

La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) exhorta a los directores y personal de los establecimientos de salud, públicos y privados, a cumplir con su obligación de brindar atención por emergencia, de manera inmediata y sin condicionamiento alguno, cuando la vida de un paciente está en riesgo.

SUSALUD precisó que el cobro de los gastos por una atención de emergencia debe gestionarse culminada la prestación, cuando se haya superado el estado de grave riesgo para la vida y salud.

Asimismo, explicó que no se debe afectar a las familias con gastos de bolsillo que deben ser asumidos por su seguro de salud. La atención por emergencia es obligatoria y no puede estar condicionada a la suscripción de pagarés o cualquier otro medio de pago o garantía económica. Todo ciudadano cuenta con un seguro de salud que garantiza la cobertura y financiamiento de sus prestaciones, enfatizó la Superintendencia.

Sin barreras burocráticas
La prioridad en casos de emergencia es salvar la vida del paciente, indistintamente de su identificación o del seguro con que cuenta o incluso si no lo tuviera. La presentación del DNI o cualquier otro documento no puede ser una barrera para el ejercicio del derecho a la atención por emergencia.

Atención en cualquier localidad
En estos casos, la atención debe brindarse en el establecimiento de salud más cercano a donde ocurre la emergencia, sin importar el lugar de procedencia del paciente. Durante el feriado de Fiestas Patrias, las personas que viajen por turismo al interior del país y sufran alguna situación de emergencia, deben recibir atención inmediata, oportuna y de calidad en cualquier localidad, sea o no su lugar de residencia.

Marco legal
La Ley Nº 27604 y el Reglamento de la Ley 29414 establecen la obligación de los establecimientos de salud a dar atención médica en casos de emergencias y partos, y señalan que toda persona que necesite atención de emergencia médica, quirúrgica y psiquiátrica, tiene derecho a recibirla.


Sanciones
SUSALUD advirtió que, en caso de vulnerarse lo establecido por ley, se iniciará un proceso de investigación y se impondrán sanciones que van desde amonestaciones a cierre de establecimientos, como también al pago de multas de hasta 500 UIT (S/ 2,675,000).

SUSALUD recuerda a la población que, para toda consulta o denuncia, permanece a su disposición las 24 horas, los 365 días del año, incluso domingos y feriados, a través de sus canales de atención, como la línea telefónica gratuita 113 opción 7, el aplicativo SusaludContigo o al Asistente Virtual Inteligente AVISusalud (WhatsApp 990 443 390) y con la cuenta @SusaludPerú en las redes sociales de Facebook, X e Instagram.