Resolución de Superintendencia N.° 110-2023-SUSALUD/S
21 de diciembre de 2023
Se modifica la Primera Disposición Complementaria Transitoria del “Reglamento para la Recolección, Transferencia y Difusión de información de las Prestaciones de Salud Generadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 092-2014-SUSALUD/S, en el extremo correspondiente a los plazos y obligaciones para la implementación del SETI-IPRESS aplicable al Anexo 1, IPRESS del Primer Nivel de Atención, el cual queda redactado conforme al siguiente texto:
“DISPOSICIONES TRANSITORIAS COMPLEMENTARIAS
PRIMERA. - Plazos y Obligaciones para la implementación del SETI-IPRESS aplicable al Anexo 1
El inicio de la obligatoriedad del envío de la información por parte de las IPRESS o UGIPRESS, es a partir del primer día del mes siguiente a aquel que corresponde al vencimiento de los plazos establecidos por SUSALUD para la implementación del SETI-IPRESS.
Plazos para la implementación del SETI-IPRESS aplicable al Anexo 1
Las IPRESS según el nivel de atención consignado en la Resolución de Categorización, Clasificación o la que haga sus veces tienen los siguientes plazos de implementación:
(…)
• IPRESS del Primer Nivel de Atención: Contarán con un plazo de implementación que vence de acuerdo al siguiente detalle:
- Categoría I-4 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2024
- Categoría I-3 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2025
- Categoría I-2 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2026
- Categoría I-1 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2027
Para las IPRESS que estén organizadas bajo una UGIPRESS, la responsabilidad de la adecuación, envío y control de calidad de la información es de la UGIPRESS correspondiente, respetando los plazos precedentes.”
“DISPOSICIONES TRANSITORIAS COMPLEMENTARIAS
PRIMERA. - Plazos y Obligaciones para la implementación del SETI-IPRESS aplicable al Anexo 1
El inicio de la obligatoriedad del envío de la información por parte de las IPRESS o UGIPRESS, es a partir del primer día del mes siguiente a aquel que corresponde al vencimiento de los plazos establecidos por SUSALUD para la implementación del SETI-IPRESS.
Plazos para la implementación del SETI-IPRESS aplicable al Anexo 1
Las IPRESS según el nivel de atención consignado en la Resolución de Categorización, Clasificación o la que haga sus veces tienen los siguientes plazos de implementación:
(…)
• IPRESS del Primer Nivel de Atención: Contarán con un plazo de implementación que vence de acuerdo al siguiente detalle:
- Categoría I-4 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2024
- Categoría I-3 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2025
- Categoría I-2 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2026
- Categoría I-1 tiene un plazo que vence el 31 de diciembre del 2027
Para las IPRESS que estén organizadas bajo una UGIPRESS, la responsabilidad de la adecuación, envío y control de calidad de la información es de la UGIPRESS correspondiente, respetando los plazos precedentes.”