Resolución de Superintendencia N.° 29 - 2021-SUSALUD/S
23 de abril de 2021
Memorándum Múltiple N° 00011-2021-SUSALUD/GG - Artículo 1. AUTORIZAR al Procurador Público y al Procurador Público Adjunto de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, para que, indistintamente, cuando sea conveniente a los intereses del Estado, puedan conciliar en los procesos judiciales tramitados con la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, en los que la entidad sea parte demandada o demandante, observando lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS.