Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 009-2022-SUNARP-SN

28 de enero de 2022

Déjese sin efecto la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 155-2020-SUNARP/SN del 03 de noviembre de 2020, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Designar como responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública que se presenten al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, a los siguientes funcionarios:
a) En la Sede Central de la Sunarp y en las Sedes de las Zonas Registrales Nros. I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV, el Jefe de la Oficina de Administración y el Jefe de la Unidad de Administración, respectivamente.
b) En las Oficinas Registrales, el servidor a cargo de la misma.  

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia Nacional

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