Sunafil: Adolescentes que necesiten laborar deben contar con 14 años o más y no realizar actividades peligrosas
Nota de prensa Inspectores realizarán un operativo de asistencia técnica simultáneo a nivel nacional, este 12 de junio, fecha en que se conmemora el Día Mundial contra el Trabajo Infantil.


11 de junio de 2025 - 8:00 a. m.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que existen requisitos para que los adolescentes accedan a un empleo formal: Pueden laborar a partir de los 14 años; quienes tengan esa edad, su jornada laboral no debe exceder las cuatro horas diarias ni las 24 horas semanales. En caso estén entre los 15 a 17 años de edad, la jornada de trabajo no podrá exceder de seis horas diarias ni las 36 horas semanales.
Las labores que pueden realizar son las administrativas, documentarias, las relacionadas a la educación técnica productiva, o aquellas que se desarrollan en un entorno familiar-comunitario, por ejemplo, la elaboración de productos artesanales, siempre que cumplan con las condiciones adecuadas de salud y seguridad correspondientes.
Estas actividades no deben implicar riesgos en su ejecución y más bien, contribuir a la formación profesional y laboral de los adolescentes.
Quienes realicen estas labores tienen que contar con una autorización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Para conocer los requisitos y tramitar la autorización correspondiente, ingrese al siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mtpe/informes-publicaciones/2078481-autorizacion-de-trabajo-para-el-adolescente
Trabajos peligrosos
Uno de los aspectos más importantes que deben tener en cuenta los empleadores, pero también las familias de los adolescentes, es que existe una relación de “trabajos prohibidos”, de acuerdo al Decreto Supremo N.° 009-2022-MIMP. Entre ellos están las actividades mineras, los trabajos que implican la operación de maquinaria pesada o la conducción de vehículos, así como las labores que necesiten el uso de herramientas de poder como eléctricas, neumáticas, de combustible líquido, hidráulicas, activadas por explosivos, entre otras.
En esta lista también figuran el trabajo doméstico, los trabajos agrícolas, los de altura, es decir, aquellos que usan andamios, escaleras portátiles, arneses, cuerdas, entre otros, pues los adolescentes podrían estar en riesgo de caída. También están prohibidos los trabajos de reparto, venta o atención de bebidas alcohólicas en establecimientos de consumo inmediato, entre otros.
Para dar a conocer estos aspectos, la Sunafil realizará un operativo de asistencia técnica simultáneo a nivel nacional, este 12 de junio, que tendrá un carácter preventivo.
De acuerdo con el Informe Técnico “Estado de la Niñez y Adolescencia”, elaborado sobre los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), en el último trimestre 2023, el 59,4% de la población de 6 a 16 años, que no asistió a un centro de enseñanza escolar, indicó no haberlo hecho por problemas económicos o familiares. Este porcentaje incluye a los que dejaron de estudiar por trabajo y a los que se dedican a los quehaceres del hogar.
Hay que recordar que las multas que impone la Sunafil cuando encuentran a menores realizando trabajos peligrosos o sin autorización para trabajar, fluctúan entre los 267,500 soles para la microempresa, a más de un millón de soles para las empresas no comprendidas en el régimen mype.
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