- Emitir el Lineamiento N° 004-2023-SUNAFIL/DINI, denominado “Lineamiento sobre la notificación administrativa vía casilla electrónica en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAF...
LINEAMIENTO: COMPETENCIA DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO ANTE LA PRESUNTA DESNATURALIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL ADVERTIDA EN LAS MODALIDADES CONTRACTUALES DE ÍNDOLE DISTINTA A LA LABORAL
LINEAMIENTO: COMPETENCIA DE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO ANTE LA PRESUNTA DESNATURALIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL ADVERTIDA EN LASMODALIDADES CONTRACTUALES DE ÍNDOLE DISTINTA A LA LABORAL- Se CONFIRMA la sanción a MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOBAMBA, por haber incurrido en dos infracciones en materia de labor inspectiva.
- Se sanciona a YNG S.A.C. por incurrir en 2 infracciones a la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Sanción a PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A. por cometer actos que vulneran la libertad sindical colectiva del sindicato SUTRAPPEC, al otorgar beneficios a trabajadores no afiliados.
- Multar a la empresa Internacional de Transporte Turístico y Servicios S.R.L. por haber incurrido en una infracción a las normas de seguridad y salud en trabajo (Accidente de Trabajo).
- Multar a la Clínica Peruano Americana S.A. por haber incurrido en infracción referente a Actos de discriminación Salarial y a la labor inspectiva.
- Sanción a GESTIÓN MINERA INTEGRAL S.A.C. por incumplir con las obligaciones de identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPERC), afectando a 1551 trabajadores.
- Se sanciona a CLÍNICA LA MERCED S.A.C., por haber incurrido en 6 infracciones a la normativa sociolaboral y una infracción a la labor inspectiva.
- Se sanciona a EMPRESA DE TRANSPORTES AVE FÉNIX S.A.C. por haber incurrido en una infracción en materia de labor inspectiva.
- Sanción a CORPORACIÓN CERAMICA S.A. por no proporcionar formación e información de riesgos a 22 trabajadores expuestos a ambientes peligrosos y húmedos.
- Sanción a DOE RUN PERU S.R.L. EN LIQUIDACIÓN por no contar con las condiciones de seguridad en el trabajo, IPERC, falta de supervisión, y no cumplir con formación y capacitación.
- Sanción a BANCO AZTECA DEL PERÚ S.A. (actualmente ALFIN BANCO S.A.) por haber incurrido en una infracción a la normativa socio laboral y una infracción a la labor inspectiva.
- Se sanciona a CONSTRUREDES SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA por haber incurrido en 2 infracciones a la norma de seguridad y salud en el trabajo y una infracción a la labor inspectiva.
- Confirmación de sanción a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA, por haber incurrido en materia de relaciones laborales y contra la labor inspectiva.
- Aprobar la Directiva N° 001-2021-SUNAFIL/INII, denominada "Disposiciones sobre las acciones de asistencia técnica en el Sistema de Inspección del Trabajo"