135 bienes muebles dados de baja por la causal de mantenimiento reparación onerosa

Comunicado
Mediante R.A.N° 000222-2022-SIS/OGAR, que serán donados a favor de una persona jurídica sin fines de lucro o institución religiosa en aplicación a la Directiva Nº 006-2021-EF/54.01.
Comunicado

SIS

4 de noviembre de 2022 - 3:21 p. m.

A. OBJETO
El área de Control Patrimonial de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27806.- “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cumple con publicitar en el portal institucional del Seguro Integral de Salud, la Resolución Administrativa N° 000222-2022-SIS/OGAR, sobre la aprobación de 135 bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de mantenimiento o reparación onerosa, que serán materia de donación a favor de una persona jurídica sin fines de lucro o Institución Religiosa.

B. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
  • Dirección Sede Central : Av. Paseo de la República N° 1645 – La Victoria.
  • Teléfono : 5145555 (Anexo 1113)
  • Correo electrónico : rhorna@sis.gob.pe

C. PUBLICACIÓN DE LOS BIENES MUEBLES DADOS DE BAJA
  • Vigencia : Desde el 05 al 18 de noviembre del 2022
  • Lugar de publicación : Página Web www.gob.pe/sis

D. ALCANCE
El presente comunicado está dirigido exclusivamente a personas jurídicas sin fines de lucro o Instituciones Religiosas, las cuales deberán manifestar por escrito su interés de ser beneficiarios de la donación de los 135 bienes muebles dados de baja por la causal de mantenimiento o reparación onerosa mediante Resolución Administrativa N° 000222-2022-SIS/OGAR, en el estado y lugar donde se encuentran, adjuntando la siguiente documentación señalado en el artículo 65 numeral 65.1 de la Directiva Nº 0006-2021-EF/54.01.
  • Nombre y apellidos completos, domicilio y numero de documento de identidad del representante legal, para lo cual adjunta copia del certificado de vigencia de poder emitido por la SUNARP, con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario, a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Copia de documento nacional de identidad del representante legal de la institución
  • Sustento y justificación de la necesidad de los bienes muebles patrimoniales cuya donación se solicita y el beneficio que reporta al desarrollo social.

Asimismo, en el numeral 65.2 de la mencionada directiva señala lo siguiente; las instituciones religiosas que no se encuentren inscritas en los Registros Públicos, pueden presentar copia de la documentación que acredite su existencia y el nombramiento de sus representantes.
En el supuesto que varias personas jurídicas sin fines de lucro o Institución Religiosa manifiesten su interés en ser donatarios, se donara a la institución que manifestó su interés de ser donatario por escrito en primer lugar y presento la documentación exigida.

E. LOCAL, UBICACIÓN Y CANTIDAD
Para visualizar el Anexo II de los bienes muebles, hacer click aquí.

Oficina General de Administración de Recursos