El SIS, EsSalud y la Asociación de Clínicas Particulares del Perú acuerdan los Términos de Referencia y el modelo de Contrato para la atención de asegurados que requieran cuidados intensivos
Comunicado
Fotos: Minsa
27 de junio de 2020 - 11:47 a. m.
Fuente: Minsa
(Comunicado N° 148)
El Ministerio de Salud, ante la necesidad de ampliar la protección de los ciudadanos en su derecho de acceso a los servicios de salud, en condiciones de calidad y oportunidad en la lucha contra la pandemia por Covid-19 ha emitido la Resolución Ministerial N° 433-MINSA-2020 que aprueba la Directiva Administrativa N° 221-MINSA/2020/DGAIN Disposiciones complementarias para el intercambio prestacional en salud en el marco del Decreto Legislativo 1466, norma que sustenta el Acuerdo entre el Seguro Integral de Salud, SIS, el Seguro Social de Salud, ESSALUD, y la Asociación de Clínicas Particulares del Perú, ACP.
En concordancia con el marco legal y de los compromisos acordados en el dialogo propiciado esta semana, el SIS y EsSalud han presentado a la Asociación de Clínicas Particulares los Términos de Referencia, así como el modelo de Contrato para los Servicios establecidos, ambos instrumentos necesarios que permiten la prestación de servicios y el intercambio prestacional entre las clínicas particulares y las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) SIS y EsSalud los cuales han sido aceptados por los contratantes y contratados.
La aceptación de los instrumentos presentados conduce a su suscripción permitiendo que personas afectadas con Covid-19, quienes por su gravedad, requieran servicios de atención hospitalaria especializada en unidades de cuidados intensivos con ventilación mecánica, puedan ser referidos hacia las clínicas privadas desde los hospitales públicos en los casos que estos no dispongan de la oferta necesaria, asumiendo las IAFAS SIS y ESSALUD la protección financiera de sus asegurados.