Resolución Jefatural N.° 032-2015/SIS

18 de febrero de 2015

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 27 del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por Resolución Jefatural N° 192-2012/SIS, por el texto siguiente: artículo 27°.- Los trabajadores que ejercen cargos de dirección y de confianza, por no estar comprendidos dentro de la jornada máxima laboral, no están sujetos al horario de trabajo a que se refiere el artículo 14°, sin embargo, deberán registrar su ingreso y salida en los partes de asistencia dispuestos por la Subgerencia de Personal de la Oficina General de Administración de Recursos. Los trabajadores que tengan a su cargo una unidad funcional deberán registrar su horario de ingreso y salida de la Institución, al inicio y al final de la jornada de trabajo, a fin de que se lleve el control de su asistencia a través de los instrumentos que la institución establezca para tal fin. 18/02/2015.