Resolución Jefatural N.° 000044-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA
30 de octubre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la eliminación del registro patrimonial de trescientos dieciséis (316) software (inc. licencia) antivirus corporativo, por no ser catalogados como activos intangibles, por un valor de adquisición y valor neto al 30 de setiembre del 2025 de S/ 31,284.00 (Treinta y Un Mil Doscientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial del software a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1°. - APROBAR la eliminación del registro patrimonial de trescientos dieciséis (316) software (inc. licencia) antivirus corporativo, por no ser catalogados como activos intangibles, por un valor de adquisición y valor neto al 30 de setiembre del 2025 de S/ 31,284.00 (Treinta y Un Mil Doscientos Ochenta y Cuatro con 00/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial del software a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 4°. - ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.sineace.gob.pe) y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales

