Resolución Jefatural N.° 000015-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA
27 de marzo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - APROBAR la baja en los Registros Patrimoniales y Contables de cincuenta y seis (56) bienes muebles patrimoniales pertenecientes al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Evaluación de la Calidad Educativa, por la causal de Estado de excedencia, falta de idoneidad, mantenimiento o reparación onerosa, obsolescencia técnica y RAEE respectivamente, por un valor de adquisición de S/ 100,448.57 (Cien Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Con 57/100 Soles), con una depreciación acumulado al cierre de enero de S/ 86,347.99 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Siete Con 99/100 Soles) y valor neto ascendente a S/ 14,100.58 (Catorce Mil Cien Con 58/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo 1 adjunto al presente Informe Técnico.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes muebles a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística, la Unidad de Contabilidad y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Artículo 1°. - APROBAR la baja en los Registros Patrimoniales y Contables de cincuenta y seis (56) bienes muebles patrimoniales pertenecientes al Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Evaluación de la Calidad Educativa, por la causal de Estado de excedencia, falta de idoneidad, mantenimiento o reparación onerosa, obsolescencia técnica y RAEE respectivamente, por un valor de adquisición de S/ 100,448.57 (Cien Mil Cuatrocientos Cuarenta y Ocho Con 57/100 Soles), con una depreciación acumulado al cierre de enero de S/ 86,347.99 (Ochenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Siete Con 99/100 Soles) y valor neto ascendente a S/ 14,100.58 (Catorce Mil Cien Con 58/100 Soles), cuyas características técnicas se detallan en el Anexo 1 adjunto al presente Informe Técnico.
Artículo 2°. - DISPONER que, la Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad, procedan con la cancelación de la anotación en el registro patrimonial y contable de los bienes muebles a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - NOTIFICAR la presente Resolución y su Anexo a la Unidad de Logística, la Unidad de Contabilidad y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, para la realización de las acciones dentro de su competencia.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales