Resolución Jefatural N.° 000005-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA
13 de febrero de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la apertura del Fondo Fijo para Caja Chica, para el año 2025, de la Unidad Ejecutora 1495: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, hasta por la suma de S/ 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios.
Artículo 2º.- Autorizar la reposición para la Caja Chica, indistintamente del número de rendiciones hasta por la suma S/ 8,000.00 (Ocho mil con 00/100 Soles); cuando el saldo de la misma sea menor al 50% del monto de la apertura, de acuerdo a la disponibilidad de recursos presupuestarios, sujetándose al procedimiento y plazos para las rendiciones de cuentas respectivas, a lo dispuesto en la directiva correspondiente.
Artículo 3º.- Designar al servidor CARLOS ALONSO JIMENEZ PINTADO Técnico de Servicios Generales de la unidad de Logística, como responsable único de la administración, control, custodia y manejo de la Caja Chica de la unidad ejecutora 1495, Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE.
Artículo 4º.- Disponer que, en caso de ausencia temporal del responsable único de la administración de la Caja Chica de la Unidad Ejecutora 1495, se designará su reemplazo mediante memorándum del jefe de la Oficina de Administración.
Artículo 5º.- Disponer que, los recursos asignados se destinarán únicamente a los gastos que por su naturaleza no puedan ser debidamente programados, sean eventuales o urgentes y demanden su cancelación inmediata.
Artículo 6º.- Disponer que, el monto máximo de cada adquisición con cargo a dicha Caja Chica de cada dependencia no debe exceder del veinte por ciento (20%) de una UIT; salvo el pago de viáticos por comisión de servicio no programado, sujetándose a los procedimientos y plazos para las rendiciones de cuentas respectivas a lo dispuesto en la Directiva aprobada; debiendo sustentarse con facturas, boletas y otros documentos que reúnan los requisitos establecidos por la Sunat y, visados por los funcionarios responsables.
Artículo 7°.- Disponer a los responsables de la Unidad de Tesorería y Unidad de Contabilidad, así como al responsable único de la administración de la Caja Chica de la Unidad Ejecutora 1495, la implementación y ejecución de la Directiva denominada “Administración de la Caja Chica del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE”, quienes deberán adoptar las acciones administrativas necesarias para su cumplimiento.
Artículo 8°.- Precisar que la administración de la Caja Chica se regula por la Directiva Nº 001-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA, “Directiva para la Administración de la Caja Chica del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace” o su respectiva actualización o modificación.
Artículo 9°.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional para que se publique la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1º.- Autorizar la apertura del Fondo Fijo para Caja Chica, para el año 2025, de la Unidad Ejecutora 1495: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, hasta por la suma de S/ 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios.
Artículo 2º.- Autorizar la reposición para la Caja Chica, indistintamente del número de rendiciones hasta por la suma S/ 8,000.00 (Ocho mil con 00/100 Soles); cuando el saldo de la misma sea menor al 50% del monto de la apertura, de acuerdo a la disponibilidad de recursos presupuestarios, sujetándose al procedimiento y plazos para las rendiciones de cuentas respectivas, a lo dispuesto en la directiva correspondiente.
Artículo 3º.- Designar al servidor CARLOS ALONSO JIMENEZ PINTADO Técnico de Servicios Generales de la unidad de Logística, como responsable único de la administración, control, custodia y manejo de la Caja Chica de la unidad ejecutora 1495, Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE.
Artículo 4º.- Disponer que, en caso de ausencia temporal del responsable único de la administración de la Caja Chica de la Unidad Ejecutora 1495, se designará su reemplazo mediante memorándum del jefe de la Oficina de Administración.
Artículo 5º.- Disponer que, los recursos asignados se destinarán únicamente a los gastos que por su naturaleza no puedan ser debidamente programados, sean eventuales o urgentes y demanden su cancelación inmediata.
Artículo 6º.- Disponer que, el monto máximo de cada adquisición con cargo a dicha Caja Chica de cada dependencia no debe exceder del veinte por ciento (20%) de una UIT; salvo el pago de viáticos por comisión de servicio no programado, sujetándose a los procedimientos y plazos para las rendiciones de cuentas respectivas a lo dispuesto en la Directiva aprobada; debiendo sustentarse con facturas, boletas y otros documentos que reúnan los requisitos establecidos por la Sunat y, visados por los funcionarios responsables.
Artículo 7°.- Disponer a los responsables de la Unidad de Tesorería y Unidad de Contabilidad, así como al responsable único de la administración de la Caja Chica de la Unidad Ejecutora 1495, la implementación y ejecución de la Directiva denominada “Administración de la Caja Chica del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE”, quienes deberán adoptar las acciones administrativas necesarias para su cumplimiento.
Artículo 8°.- Precisar que la administración de la Caja Chica se regula por la Directiva Nº 001-2025-SINEACE/CS-P-GG-OA, “Directiva para la Administración de la Caja Chica del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace” o su respectiva actualización o modificación.
Artículo 9°.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional para que se publique la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Jefaturales