Resolución de Consejo Directivo N.° 000026-2022-SINEACE-CDAH
Resolución de Consejo Directivo N° 000026-2022-SINEACE-CDAH
24 de mayo de 2022
Artículo 1.- Aprobar la solicitud de acreditación presentada por el Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior” para el programa de estudios de Administración de Negocios Internacionales.
Artículo 2.- Otorgar la acreditación por un plazo de seis (06) años al programa de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior”. Esta acreditación tiene un alcance en la sede principal de la institución, ubicada en Av. Javier Prado Este No. 2875 – distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. (Único local autorizado según su Resolución de licenciamiento).
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior” conjuntamente con el Informe Técnico N°00002-2022- SINEACE/P-DEA-AVD y el Informe Legal N° 000092-2022-SINEACE/P-GG-OAJ.
Artículo 4.- Exhortar a la Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior” a no promocionar otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industria.
Artículo 2.- Otorgar la acreditación por un plazo de seis (06) años al programa de Administración de Negocios Internacionales del Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior”. Esta acreditación tiene un alcance en la sede principal de la institución, ubicada en Av. Javier Prado Este No. 2875 – distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. (Único local autorizado según su Resolución de licenciamiento).
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior” conjuntamente con el Informe Técnico N°00002-2022- SINEACE/P-DEA-AVD y el Informe Legal N° 000092-2022-SINEACE/P-GG-OAJ.
Artículo 4.- Exhortar a la Instituto de Educación Superior Privado “De Comercio Exterior” a no promocionar otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industria.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo