Resolución de Consejo Directivo N.° 000025-2022-SINEACE-CDAH
Resolución de Consejo Directivo N° 000025-2022-SINEACE-CDAH
24 de mayo de 2022
Artículo 1.- Aprobar la solicitud de acreditación presentada por el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval - CITEN para el programa de estudios de Motores navales.
Artículo 2.- Otorgar la acreditación por un periodo de seis (06) años al programa de estudios de Motores navales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval – CITEN.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval - CITEN conjuntamente con el Informe Técnico N° 000001-2022- SINEACE/P-DEA-GTS y el Informe Legal N° 000091-2022-SINEACE/P-GG-OAJ.
Artículo 4.- Exhortar al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval - CITEN a no promocionar otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industrial.
Artículo 2.- Otorgar la acreditación por un periodo de seis (06) años al programa de estudios de Motores navales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval – CITEN.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval - CITEN conjuntamente con el Informe Técnico N° 000001-2022- SINEACE/P-DEA-GTS y el Informe Legal N° 000091-2022-SINEACE/P-GG-OAJ.
Artículo 4.- Exhortar al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Naval - CITEN a no promocionar otros programas de estudios que no tengan la acreditación respectiva, como unos que mantengan acreditación vigente emitida por el Sineace; sujetándose su responsabilidad a lo regulado por la normativa pertinente. Asimismo, el uso no autorizado del imagotipo y la denominación Sineace o cualquiera de sus derivados se encuentra sujeto a lo regulado por la Decisión 486, Régimen Común sobre la Propiedad Industrial.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo