Comunicado: Sobre la suscripción de adendas de los servidores CAS

Comunicado

Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional - SERVIR

3 de octubre de 2022 - 11:31 a. m.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) en su calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH) y ante las reiteradas consultas de los servidores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) sobre su situación laboral, informa lo siguiente:  
 
  • Los/as servidores/as civiles bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 que, a la fecha de la entrada en vigor de la Ley N° 31131 (10 de marzo del 2021), desarrollaban funciones permanentes, deben suscribir adendas a plazo indeterminado con sus respectivas entidades.

  • A través del Informe Técnico Vinculante N° 001479-2022-SERVIR-GPGSC, elaborado por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de SERVIR, que interpreta la Ley N° 31131 y la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la misma (Exp. N° 00013-2021-PI/TC); se precisa que esta disposición no alcanza a quienes cumplían labores de necesidad transitoria, de suplencia o de confianza.   
 
  • Por lo tanto, en atención a la normativa citada, las oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas deben evaluar si sus servidores CAS tienen carácter indeterminado y, de cumplirse con dicha condición, generar y suscribir las adendas correspondientes a sus contratos en las que deben incluir la condición de plazo indeterminado.
 
  • SERVIR pone a disposición de las entidades públicas la asistencia técnica respectiva para atender las consultas sobre el tema, para tal efecto, pueden escribir a info@servir.gob.pe
 
SERVIR exhorta a los jefes de Recursos Humanos a cumplir escrupulosamente con lo indicado, a fin de brindarle a los servidores CAS la certeza del oportuno cumplimiento del mandato legal.

Lima, 3 de octubre del 2022

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