Obtener autorización para trasladar frutas y hortalizas dentro del Perú

Si vas a trasladar frutas y hortalizas de una región a otra dentro de nuestro país, debes saber que a la vez puedes estar propagando la plaga moscas de la fruta, la cual afecta drásticamente a la producción de cultivos y al desarrollo saludable de nuestra agricultura nacional.

Por esta razón, la carga de fruta debe estar inspeccionada y autorizada para evitar comisos en los puestos de control del Senasa.

Antes de empezar:

Requisitos

Modalidad: Presencial

Hazlo en 6 pasos:

1. Presenta tu solicitud

Acércate a la mesa de partes del Senasa más cercano a ti. Puedes llevar tu solicitud debidamente llenada o te facilitarán una para que puedas completarla.

2. Paga tu trámite

De acuerdo a tu solicitud, te indicarán el monto exacto a cancelar en una de las cuentas del Senasa. Los precios base son los siguientes:

  • Por hasta 1 tonelada: S/ 29.90
  • Por tonelada adicional o fracción: S/ 2.90

Guarda el voucher de pago.

Si a tu producto le corresponde un tratamiento, revisa la Guía de servicios para obtener información sobre los precios de:

  • Análisis de laboratorio.
  • Ejecución o supervisión de tratamiento.

Realiza el pago por el servicio si lo amerita.

3. Coordina la inspección

De estar todo en orden, el inspector coordinará contigo vía telefónica la fecha de la visita en máximo 7 días laborables.

No olvides que en la inspección debes contar con las medidas de resguardo y seguridad para el traslado de las frutas y/o hortalizas (mallas, lonas y cuerdas que van aseguradas al vehículo de transporte).

4. Recibe al inspector

La inspección se realizará en un lugar autorizado por el Senasa. El inspector revisará tu carga según la solicitud presentada.

5. Resultados

Finalizada la inspección, si el lote de producto no está infestado con moscas de la fruta, obtendrás el Certificado Fitosanitario de Tránsito Interno (CFTI) de manera inmediata. De lo contrario, te brindarán un acta de rechazo.

No tendrás derecho a reconsideración, según la cuarta disposición complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1059.

Importante

Si el producto requiere tratamiento y únicamente para los cargamentos que tengan como destino las regiones de Tacna y Moquegua, este procedimiento se realizará en la Zona de Tratamiento de Montalvo – Moquegua.