Elaboración de Escritura Pública

Una vez redactado el Acto Constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y eleve a Escritura Pública.

Se generará la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma de todos los participantes de la sociedad, incluidos los cónyuges, de ser el caso.

Requisitos

  • DNI, Permiso por Protección Temporal (PPT), pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
  • Formato de Acto Constitutivo elaborado en el CDE o MAC.
  • Depósito o voucher de abono en dinero (previa coordinación con el asesor empresarial del CDE). 

Modalidad: Presencial

Hazlo en 1 paso:

1. Acércate a una notaría

Lleve todos los requisitos a la notaría previamente elegida y solicite el servicio de elaboración de escritura pública para la constitución de empresa. El costo y el tiempo del trámite dependerán de la notaría que elijas.