Proyecto Especial Tambo Ccaracocha

Entidad adscrita a Gobierno Regional Ica.

Información institucional

¿Qué hacemos?

El Proyecto Especial Tambo Ccaracocha - PETACC fue creado mediante Decreto Legislativo N° 556-90 "Ley de Presupuesto del Año 1990" como un organismo público descentralizado del Ministerio de la Presidencia, adscrito al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, encargándole las funciones de normar, ejecutar y dirigir el Proyecto Especial Hidroenergético Tambo Ccaracocha. Posteriormente, en el año 2003, siguiendo las bases de la descentralización y la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, el Proyecto Especial Tambo Ccaracocha fue transferido del Gobierno Central (INADE) al Gobierno Regional de Ica.

El PETACC ejecuta actividades de operación, mantenimiento y desarrollo de proyectos orientados al aprovechamiento integral de recurso hídrico y de protección ante desastres naturales, con fines de generación de energía y riego, contando para ello con el capital humano necesario y altamente calificado, con tecnología e infraestructura moderna y una visión organizacional sólida que permite contribuir al desarrollo de la infraestructura hidráulica integral de la Región de Ica y otros valles de regiones vecinas.

El PETACC tiene a su cargo las siguientes funciones:

  1. Formular, ejecutar proyectos de infraestructura hidráulica y actividades orientadas al aprovechamiento del recurso hídrico, con fines de riego y generación de energía, generando desarrollo socio-económico en la población donde se interviene.
  2. Formular, ejecutar proyectos y actividades orientadas a la reducción de la vulnerabilidad de infraestructura de riego y áreas agrícolas, frente a desbordes e inundaciones de ríos y quebradas del ámbito regional, dentro de un marco de viabilidad técnica, económica y social.
  3. Desempeñar eficientemente el Título Habilitante de Operador de la Infraestructura Hidráulica del Sector Hidráulico Mayor, Sistema Choclococha - Clase A; y otras que se nos asigne dentro y fuera del ambito regional de Ica, de acuerdo a las disposiciones que emana la Autoridad Nacional del Agua – ANA.
  4. Efectuar el monitoreo de los efectos medioambientales, implementar medidas preventivas, de control ambiental y de mitigación pertinentes en la elaboración y durante la ejecución de proyectos de inversión e informar los resultados obtenidos, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
  5. Formular y presentar los instrumentos de planeamiento y gestión institucional, a quien corresponda para su aprobación.
  6. Proponer a la Gerencia General Regional los lineamientos de política integral que requiera la mejora institucional del PETACC, con la finalidad de brindar un mejor servicio a la población.
  7. Coordinar permanentemente con los organismos públicos y privados comprendidos en su jurisdicción, con la finalidad de mejorar la gestión de recursos hídricos.
  8. Gestionar y promover líneas de financiamiento y suscribir convenios de cooperación mutua, con entidades del sector público o privado, nacionales o extranjeras, con el propósito de alcanzar los objetivos propuestos.
  9. Integrar los Consejos de Recursos Hídricos de Cuencas en el ámbito de la Región Ica, conforme al Sistema Nacional de Recursos Hídricos.
  10. Regular y participar en los procesos de transferencia de bienes y otros activos en armonía con la legislación vigente.
  11. Elaborar y presentar los estados financieros y presupuestarios y el balance general, a quien corresponda para su aprobación.
  12. Implementar el Control Interno Institucional, de acuerdo a las normas que emita la Contraloría General de la República.
  13. Promover la participación de los beneficiarios de los proyectos y actividades que ejecuta; así como mantener permanente coordinación y apoyo mutuo con las comunidades andinas de su ámbito de influencia.
  14. Promover las capacidades y desarrollo del recurso humano del PETACC, con la finalidad de brindar un mejor servicio.
  15. Participar en los procesos de diseño y formulación de los planes de desarrollo regional, orientados a la Infraestructura Hídrica.
  16. Otras que le asigne la Gerencia General Regional y otras disposiciones legales en materia de su competencia.