Procedimiento para la extensión de vigencia por renovación del Acuerdo Marco IM-CE-2020-15-Boletos aéreos nacionales e internacionales

Comunicado
COMUNICADO N.° 106 -2022-PERÚ COMPRAS/DAM
Procedimiento para la extensión de vigencia por renovación del Acuerdo Marco  IM-CE-2020-15-Boletos aéreos nacionales e internacionales.

Dirección de Acuerdos Marco

11 de noviembre de 2022 - 4:52 p. m.


La Central de Compras Públicas- PERÚ COMPRAS comunica a los proveedores adjudicatarios del Acuerdo Marco IM-CE-2020-15, correspondiente a los Catálogos Electrónicos de Servicio de emisión de boletos aéreos nacionales e internacionales que, de conformidad con lo establecido en la Directiva N.° 006-2021-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la implementación y operación del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco”, aprobada con Resolución Jefatural N.° 139-2021-PERÚ COMPRAS, se realizará el procedimiento de extensión de vigencia por renovación, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Para comunicar la decisión de extender o no extender la vigencia del referido Acuerdo Marco, el proveedor deberá ingresar a la plataforma y seleccionar la aceptación o no aceptación, en el plazo del 12 al 17 de noviembre de 2022.
  • La fecha de suscripción de adenda del mencionado Acuerdo Marco será el 18 de noviembre de 2022
  • El periodo de extensión de vigencia por renovación para el Acuerdo Marco IM-CE-2020-15será del 28 de noviembre de 2022 al 28 de noviembre de 2023.
  •  Los proveedores vigentes que hayan registrado la aceptación de la extensión de vigencia, automáticamente suscribirán la adenda.
  •  Los proveedores excluidos de manera temporal, que registraron la aceptación de la extensión de vigencia, deberán cumplir con los requisitos para la inclusión de proveedores establecidos en la Directiva N.° 021-2017-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la exclusión e inclusión de los proveedores adjudicatarios de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, versión 2.0, aprobada con Resolución Jefatural N.° 009- 2020-PERÚ COMPRAS, a fin que reinicien operaciones.
  • Los proveedores adjudicatarios que no deseen extender la vigencia del Acuerdo en el plazo establecido, podrán iniciar[1] el trámite para la devolución del depósito de garantía de fiel cumplimiento, conforme a lo establecido en la Directiva N.° 007-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para el depósito, devolución y ejecución de la garantía de fiel cumplimiento en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, aprobada con Resolución Jefatural N.° 115-2019-PERÚ COMPRAS.
 Para mayor información referente al procedimiento de extensión de vigencia del Acuerdo Marco IM-CE-2020-15, los proveedores adjudicatarios podrán acceder a los documentos del procedimiento que se encuentran publicados en la web de PERÚ COMPRAS y del SEACE.
 Finalmente, PERÚ COMPRAS reitera su compromiso con sus usuarios, entidades, proveedores y la ciudadanía, en brindar asistencia técnica y asegurar el correcto funcionamiento de los Catálogos Electrónicos. En tal sentido, pone a su disposición el siguiente correo electrónico: acuerdosmarco@perucompras.gob.pe para cualquier consulta.




[1] Conforme al Comunicado N.° 101-2022-PERÚ COMPRAS/DAM, el procedimiento se realiza a través de Mesa de Partes Digital (https://mesadepartesdigital.perucompras.gob.pe/) o presencial de PERÚ COMPRAS; por lo tanto, el correo electrónico  administrador.acuerdos@perucompras.gob.pe ya no es un medio habilitado para iniciar dicho procedimiento.

Esta noticia pertenece al compendio Comunicados de la Dirección de Acuerdos Marco