Empresas Operadoras no podrán bloquear arbitrariamente el acceso de los usuarios a la Internet

Nota de prensa

29 de diciembre de 2016 - 12:00 a. m.

  • OSIPTEL aprobó que el nuevo Reglamento de Neutralidad de Red, que garantizará la equidad y la transparencia en las condiciones de acceso y uso de datos.
  • La norma fue aprobada luego de un proceso de consultas que duró más de un año y que involucró audiencias con empresas operadoras, asociaciones de usuarios, expertos internacionales, académicos, entre otros.

Las empresas operadoras no podrán bloquear arbitrariamente al acceso de los usuarios sobre aplicaciones, dominios, direcciones IP y servicios, para favorecer el uso de algunos de sus productos.

Tal medida forma parte del Reglamento de Neutralidad de Red, que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) entrará en vigencia desde el próximo lunes, y que impulsará el respeto al derecho de los usuarios al acceso equitativo y transparente sobre el internet. El reglamento recoge los aportes de empresas operadoras, asociaciones de usuarios, expertos internacionales y académicos, luego de un proceso de consultas que duró un año.

“Esta norma establece principios de libertad de acceso, precaución y equidad en el uso de las redes, y transparencia sobre la información que deben tener los usuarios sobre las prácticas de neutralidad practicadas sobre los proveedores de internet en el país”, explicó Gonzalo Ruiz Díaz, presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL.

Prohibiciones

La norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, prohíbe que las empresas operadoras decidan unilateralmente, un tratamiento diferente a algunos servicios de acceso al internet. Ente ellas destacan las restricciones de acceso, cobros adicionales y limitaciones de calidad sobre aplicativos como tales Whatsapp, Waze, YouTube, Netflix, y otros que acceden a la internet desde las redes de las empresas proveedoras.

Asimismo, el Reglamento regula las medidas de gestión de tráfico que realizan las empresas proveedoras de internet para preservar la seguridad e integridad de las redes. En tal sentido, se han limitado aquellas que prioricen de manera arbitraria a algún servicio.

Es importante señalar que la norma plantea un sistema de control posterior de estas obligaciones de neutralidad de las empresas modificando la propuesta formulada inicialmente que establecía un procedimiento de aprobación previa.

"Esto dará mayor flexibilidad a las ofertas comerciales, centrando la labor del regulador en el análisis posterior de las prácticas", señaló Ruiz.

Lima, 29 de diciembre de 2016

Gerencia de Comunicación Corporativa

@OSIPTEL 

 www.facebook.com/osipteloficial