Expediente N.° 0006697-2024/TRASU/ST-RQJ

6 de junio de 2024

Empresa:TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.

Sumilla: Declaran FUNDADA la queja por aplicación del silencio administrativo positivo (falta de respuesta al reclamo), debido a que la empresa operadora remitió dos formularios de reclamo en los que se advierte que el usuario autorizó distintas modalidades de notificación (a través de correo electrónico y a una dirección física), por lo que se tomó en consideración para la evaluación el formulario de reclamo vía presencial que cuenta con la firma, huella del usuario y sello de recepción de la empresa operadora.

Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia

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