Expediente N.° 0006697-2024/TRASU/ST-RQJ
6 de junio de 2024
Empresa:TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.
Sumilla: Declaran FUNDADA la queja por aplicación del silencio administrativo positivo (falta de respuesta al reclamo), debido a que la empresa operadora remitió dos formularios de reclamo en los que se advierte que el usuario autorizó distintas modalidades de notificación (a través de correo electrónico y a una dirección física), por lo que se tomó en consideración para la evaluación el formulario de reclamo vía presencial que cuenta con la firma, huella del usuario y sello de recepción de la empresa operadora.
Sumilla: Declaran FUNDADA la queja por aplicación del silencio administrativo positivo (falta de respuesta al reclamo), debido a que la empresa operadora remitió dos formularios de reclamo en los que se advierte que el usuario autorizó distintas modalidades de notificación (a través de correo electrónico y a una dirección física), por lo que se tomó en consideración para la evaluación el formulario de reclamo vía presencial que cuenta con la firma, huella del usuario y sello de recepción de la empresa operadora.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia