Expediente N.° Expediente 04607-2007/TRASU/GUS-RA
31 de diciembre de 2007
Sumilla: De manera liminar se declara improcedente por extemporánea la apelación, en la medida que existe un pronunciamiento anterior del TRASU en un expediente de queja por falta de respuesta al reclamo presentado, en el cual se consideró que el usuario fue correctamente notificado de la resolución de primera instancia.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia