Expediente N.° Expediente 02317-2009/TRASU/GUS-RQJ
31 de diciembre de 2009
Sumilla: Declaran fundado extremo de la Queja por suspensión del servicio con reclamo en trámite, e infundado lo correspondiente a la falta de respuesta del reclamo; puesto que en el primera de los casos la suspensión por error alegada por la Empresa Operadora se produjo dentro de un procedimiento de reclamo en trámite, y; en el caso de la falta de respuesta al reclamo, se apreció que al momento de presentarse la Queja aún no habían vencido los plazos con los que cuenta la Empresa Operadora para emitir y notificar su pronunciamiento.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia