Expediente N.° 05766-2016/TRASU/ST-RQJ
31 de diciembre de 2016
Sumilla: Declaran FUNDADA la queja por falta de respuesta al reclamo, en tanto la empresa operadora no acreditó haber cumplido con dar respuesta al reclamo; no obstante, no corresponde la aplicación del silencio administrativo positivo debido a que la pretensión del usuario no corresponde a un supuesto de reclamo por veracidad de la información sino implica una de las prohibiciones establecidas en el artículo 8° del Reglamento de Reclamos, lo cual corresponde ser denunciado a través de una queja.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia