Expediente N.° 16733-2016/TRASU/ST-RQJ

31 de diciembre de 2016

Sumilla: Declaran INFUNDADA la queja por no permitir la presentación de la queja, en tanto se advierte de la reproducción de los audios elevados por la empresa operadora, que no se evidencia una negativa a interponer una queja, puesto que la asesora de la empresa operadora informa al usuario que el sustento de su disconformidad corresponde a una Reclamación y le informó las vías disponibles a través de las cuales debía canalizar su malestar.

Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia

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