Expediente N.° 05816-2017/TRASU/ST-RA

31 de diciembre de 2017

Empresa: AZTECA COMUNICACIONES PERÚ S.A.C.

Sumilla: Declaran INFUNDADA el recurso de apelación por calidad en la prestación del servicio de arrendamiento de circuitos, debido a que se concluyó que los inconvenientes de calidad cuestionados se produjeron por el exceso de tráfico en relación a la capacidad contratada por cada enlace; adicionalmente, el reclamante no reportó averías y tampoco solicitó visitas técnicas con anterioridad a la presentación del reclamo de calidad.

Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia

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