Expediente N.° 05816-2017/TRASU/ST-RA
31 de diciembre de 2017
Empresa: AZTECA COMUNICACIONES PERÚ S.A.C.
Sumilla: Declaran INFUNDADA el recurso de apelación por calidad en la prestación del servicio de arrendamiento de circuitos, debido a que se concluyó que los inconvenientes de calidad cuestionados se produjeron por el exceso de tráfico en relación a la capacidad contratada por cada enlace; adicionalmente, el reclamante no reportó averías y tampoco solicitó visitas técnicas con anterioridad a la presentación del reclamo de calidad.
Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia