Expediente N.° 0057308-2017/TRASU/ST-RA

31 de diciembre de 2018

Empresa: AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C.

Sumilla: Declaran INFUNDADO el recurso de apelación por la suspensión injustificada del servicio, debido a que LA EMPRESA OPERADORA se encontraba facultada a exigir el pago de la deuda pendiente correspondiente al recibo de abril de 2017. Si bien la facturación incluida en dicho recibo fue cuestionada con anterioridad a la fecha de vencimiento del mismo, el reclamo fue declarado infundado por LA EMPRESA OPERADORA y debidamente notificado, sin que se haya interpuesto recurso de apelación en el plazo establecido, configurándose lo dispuesto en el artículo 13° del T.U.O. de las Condiciones de Uso.

Palabras clave: APELACIÓN, SUSPENSIÓN INJUSTIFICADA, EXIGIBILIDAD, MONTO RECLAMADO

Esta norma pertenece al compendio Jurisprudencia

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